Multas arriesgan quienes comentan atentados contra el medio ambiente en Chil

Enviado por TIM (Javier Rojas Sieveking) el 31/01/2008 a las 17:20
TIM  (Javier Rojas Sieveking)

 Multas de más de $344 millones arriesgan quienes comentan atentados contra el medio ambiente en Chile

08-01-08,

Contaminacao de PLaya

La moción presentada por los senadores Nelson Ávila, Guido Girardi, Alejandro Navarro y Carlos Ominami, con el fin de evitar desastres ecológicos como los ocurridos en el humedal de Valdivia, propone crear una figura penal que permita sancionar con penas de cárcel y fuertes multas los atentados contra el medio ambiente. Así lo dispone la moción presentada por los senadores Nelson Ávila, Guido Girardi, Alejandro Navarro y Carlos Ominami con el fin de evitar desastres ecológicos como los ocurridos en el humedal de Valdivia. Crear una figura penal que permita sancionar con penas de cárcel y fuertes multas, entre 500 UTM y 10.000 UTM, los atentados contra el medio ambiente, es la propuesta que hicieron los senadores Nelson Ávila, Guido Girardi, Alejandro Navarro y Carlos Ominami a fin de prevenir accidentes ecológicos como los ocurridos con Celulosa Arauco y Constitución CELCO en la ciudad de Valdivia, así como el tráfico internacional de residuos peligrosos y derrames de petróleo y de relaves mineros. Los senadores presentaron una moción que será analizada por la Comisión de Medio Ambiente y que se fundamenta en el trabajo realizado por una serie de juristas y que fue publicado por la Editorial Jurídica de Chile el 2004 bajo el título "Derecho Penal del Medio Ambiente. Estudios y propuesta para un nuevo derecho penal ambiental chileno. El proyecto protege penalmente el medio ambiente, entendido como "el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones". En ese sentido, se sancionan "los delitos dolosos y culposos de grave contaminación o peligro de la misma y los delitos de realización sin autorización de las actividades sujetas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, así como la presentación de declaraciones juradas falsas o documentos falsos o incompletos y omisión de presentación de antecedentes imprescindibles en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, así como la evacuación de informes periciales u oficiales falsos o de autorizaciones indebidas en el proceso de evaluación". Penas y multas La iniciativa establece que "el responsable de una fuente emisora que produzca una grave pérdida, disminución, detrimento o menoscabo al medio ambiente o a uno o más de sus componentes, será castigado con la pena de presidio entre 3 y 5 años y multas que van entre las 2.000 y 3.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre los $69 millones y $103 millones. En tanto, la pena de cárcel será entre 5 y 10 años y las multas entre las 3.001 y 5.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre $69 millones y 172 millones si el grave daño ambiental pone en serio peligro la vida o la salud de las personas. En caso que el resultado del delito sea la muerte o lesiones graves de una o más personas, la pena será de presidio entre los 5 y 20 años y multas de 5.001 a 7.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre los $172 millones y $240 millones. Ahora si el delito se comete con la intención de lesionar gravemente o causar la muerte de una o más personas determinadas, la pena será entre 15 años y el presidio perpetuo calificado y las multas entre 7.001 a 10.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre los $240 millones y $344 millones. En tanto, si el responsable de una fuente emisora que por negligencia o incumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias causa un grave daño ambiental, en los términos antes señalados, será castigado con la pena de reclusión entre los 541 días a 3 años y multas de 2.001 a 3.000 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre los $69 millones y $103 millones. Las mismas penas se impondrán a los que habiendo obtenido la aprobación del Estudio o aceptación de la Declaración de Impacto Ambiental de un proyecto o actividad, causara un grave daño ambiental por el incumplimiento de las condiciones o exigencias ambientales bajo las cuales se les otorgó la certificación ambiental y los permisos correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones administrativas aplicables conforme lo dispuesto en la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. El proyecto también castiga con penas de cárcel entre 541 días y tres años y multas entre los $69 y $103 millones a quienes sin la autorización respectiva extraigan, produzcan, transformen, transporten, vendan, compren, importen o exporten, guarden o almacenen sustancias tóxicas o peligrosas en cantidades tales que constituyan un serio peligro de grave daño ambiental.

Q bien q alguien esta pensando en serio y q podemos aportar  con los problemas de contaminación aqui en el norte 

Etiquetas: | Regiones

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Cascabel al Gato?

Enviado por el 31/01/2008 a las 06:14 PM
exondepot

Quien le pone el cascabel al gato Codelco?

Uno de los contaminadores más destacados en Chile?

Saludos...XD


Ya era hora

Enviado por el 31/01/2008 a las 06:17 PM
Jorge Queirolo Bravo

Ya era hora de que se comience a penalizar a quienes atentan contra el medio ambiente. Aquí en Chile es bien poca la atención que se le presta a este tópico tan importante. Ojalá que esta moción se haga realidad con prontitud. Es lo que todo ciudadano responsable debe y puede anhelar, si es que tiene un compromiso verdadero con su entorno y el bienestar de las generaciones futuras.

Jorge Queirolo Bravo


Agradesco los comentarios

Enviado por el 01/02/2008 a las 12:12 PM
TIM  (Javier Rojas Sieveking)




Bueno como decia Michael Oweskash Muller el creador de la teoria de minimisación en fuente el cual fue mi Profe

garrotes o Zanahorias q se aplica , se encuadran todos y se crea conciencia rapidinho

mi preocupasion  es q los fiscalizadores funcionan por denuncias ya q no tienen capacidad numerica ni plan de fiscalización

y la ocupasion amigo exondepost es de nosotros  hacer acuso de los problemas ya sea en estos medios o haciendo el reclamo pertinente a la autoridades y hacer esto con parafernalia

atte

Javier


....y si sigue

Enviado por el 02/02/2008 a las 01:19 AM
Guillermo Salfate Valenzuela


Cerrar !!!

 

MUY BUENA IDEA...PERO CUANDO LA EMPRESA QUE CONTAMINA ES GIGANTESCA COMO ES BARRIK ( Pascua Lama)... sería como sacarle un pelo a un gato!!!

...Si una empresa es reincidente entonces por ley debe cerrar!!!


Salfate

Enviado por el 02/02/2008 a las 01:45 AM
Oscar Meléndez Bulnes
                       Y que hacemos con los trabajadores de esa empresa?, ud. vieron lo que pasó con Licancel, era todo un pueblo pidiendo su apertura, no importaron los peces, en Licantén viven de la empresa.

¡Y Cuando Quedemos sin recursos! ¿que?

Enviado por el 04/02/2008 a las 08:51 AM
TIM  (Javier Rojas Sieveking)


Estimado Salfate Buena tu apresiación , como auditor ambiental aprendï que no hay que estar en contra del crecimiento Productivo pero seamos serios en esto hay q tener el punto de equilibrio, quiere decir q debe hacerse producción limpia y  eso significa que hay q instalar planatas completas pero estamos en Chile o a las autoridades q deben dar los permisos carecen de conocimiento de soluciones de procesos o cantidades de fiscalizadores, creo que aqui radica la causa de los males de  daños ambientales, no hay que preocuparce hay q ocuparce del tema

atte

Javier



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