Ivan Alberto Seisdedos CICERONE

Fraude en el MINEDUC

En mi artículo sobre el contrato de ROBOCOP por el INP, les contaba como mi amigo Antonio Marino, SEREMI de Salud de Tarapacá aparecía firmando cientos (o miles) de resoluciones, sobre las tasas de aporte patronal aplicables a los distintos empleadores de la zona, por las imposiciones de accidentes del trabajo.

Consultada la SEREMÍA, confirmé que no solo no tenían copia de ninguna de estas comunicaciones, despachadas por el INP, en Santiago, con la "firma" de su SEREMI, sino que ni siquiera poseían un listado de ellas.

Me derivaron, para cualquier reclamo, a la oficina local del INP.

A raíz de los fraudes del MINEDUC, me enteré, por los diarios de hoy, El Mercurio y La Tercera, de que las firmas tampoco son personales, sino que se usan timbres con facsímil.

Una Ex-Contadora (a contrata) del MINEDUC, despedida en el caso del  SEREMI Traverso (aún en funciones, pero que pronto será sometida a proceso), declaró que no existían conciliaciones bancarias desde hace muchos años, desde el período en que era Ministro Sergio BITAR, y que a ella, siendo funcionaria a contrata, le otorgaron poder de firma de cheques contra la Cuenta Única Fiscal Subsidiaria, destinada al pago de las subvenciones.

En su declaración, explicaba que, para un MAYOR CONTROL, los cheques llevan 2 firmas, la de ella, y la de otro funcionario, pero los cheques, aunque aparecen con el facsímil de su firma, no necesariamente corresponden a un acto propio, pues hay otros funcionarios que tienen acceso al timbre FACSÍMIL que se guarda en la caja de fondos.

Es habitual que usan otros funcionarios, habitualmente usen los facsímiles para documentar los egresos, aunque la autorización de los mismos no se haya realizado, lo que habitualmente se regularizaba después del pago.

Denunció, asimismo la CLONACIÓN DE CHEQUES, por lo cual la hicieron responsable a ella en el año 2006, con una multa del 15% de su sueldo.

La eventual CLONACIÓN DE CHEQUES, hechos atribuidos por ella a terceros, sólo puede detectarse vía conciliación bancaria, y si estas no se hacen regularmente, dejando pasar periodos de años, en esa caja de pandora se puede encontrar cualquier cosa.

Incluso haciendo las conciliaciones, los cheque clonados, si se cobran en distintas fechas, como llevan el mismo número de cheque y el mismo valor en dinero, pueden ser interpretados como un ERROR DE TIQUEO por el conciliador, pasando colados frente a la inmensa cantidad (miles de cheques) que se giran mensualmente.

El primer comentario que me merecen estas declaraciones es la anomalía que implica el otorgar poder para girar cheques a una funcionaria que no posee un cargo de planta.

Los decretos de nombramiento en dicha calidad llevan TODOS la siguiente leyenda "Contrátase a ... mientras sean necesarios sus servicios, y siempre que no excedan del 31 de diciembre de ..."

Los cargos de la contrata son esencialmente transitorios, y la firma de cheques contra la Cuenta Única Fiscal, que siempre tienen fondos no puede autorizarse a funcionarios que no posean un cargo en propiedad.

Lo otro, igualmente grave, es el uso del facsímil de firma bancaria por funcionarios distintos al supuesto firmante.

Según otros funcionarios, la situación sería al revés, ella usaba su facsímil y el del otro girador.

Parece que en el MINEDUC hay mucho paño que cortar, pero al parecer los únicos que van a tener que asumir responsabilidades penales van a ser funcionarios subalternos.

Lo otro que es digno de Ripley es que, DESPUÉS DE DETECTAR LA CLONACIÓN DE CHEQUES, de haberle aplicado a la ex contadora una multa de 15% de su sueldo, (debe haber existido un sumario administrativo previo) se la haya mantenido con poder de firma bancaria.

No continuaré opinando sobre el tema hasta que el Contralor emita su informe oficial.

De todas maneras, agradezco a doña Franka por hablar franka... mente con la prensa, al dar a conocer estas irregularidades, aunque afecten su propia responsabilidad.

CICERONE

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