Ivan Alberto Seisdedos CICERONE

Registro de Multas Impagas: ¿Más Errores "Administrativos"?

Salud, compañeros de un mismo ideal.

Más allá de los errores "administrativos" del MINEDUC, existen otra serie de errores "administrativos" en los cobros del TAG, y ahora último, en un proceso realmente digno de Kafka, con el Registro de Multas Impagas creado por la Ley 18287, llevado por una empresa privada y, desde este año por el Servicio de Registro Civil, que impide renovar la licencia de conductor a quienes aparezcan en dicho registro, AUNQUE LAS MULTAS ESTÉN CANCELADAS.

Un ejemplo reciente es un caso llegado recientemente a la ANDUC, que preside el aprendiz Molina, cuyo departamento jurídico abordó la correspondiente defensa, que transcribo, a guisa de ejemplo.

EN LO PRINCIPAL: SE DECLARE PRESCRIPCIÓN DE SANCIÓN, PREVIO DESARCHIVO

EN EL OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTO

S. J. L DE POLICÍA LOCAL DE TALTAL

FRANOISE XXXXXXXX XXXXX, estudiante universitaria, domiciliada en Iquique, Playa xxxxxxx 3343, en los autos infraccionales Rol 35.754/2004, a Us. respetuosamente digo:

Que a comienzos del año 2004 incurrí en una infracción al tránsito, dentro del territorio jurisdiccional de ese Juzgado y como consecuencia de la cual se me retuvo mi licencia y se me aplicó una multa en la causa ya referida.

Que como mi domicilio es Iquique, cancelé la multa a través del 3er Juzgado de Policía Local de esta ciudad, donde me devolvieron los documentos.

El exhorto tiene el Nº 2 de 2004, y se devolvió, diligenciado, con fecha 23 de Febrero de dicho año, a ese Juzgado de Policía Local.

Al intentar renovar mi licencia de conductor, no pude hacerlo pues la multa aparece impaga en el Registro correspondiente.

No tengo como acreditar el pago de la multa, en su oportunidad, salvo la devolución de mi licencia, por el 3er Juzgado de Policía Local de Iquique, fotocopia legalizada de la cual se acompaña en el otrosí.

Sin perjuicio de lo anterior, aún cuando la multa estuviera impaga, la pena se encuentra prescrita, de acuerdo a lo previsto en el artículo 24 de la Ley 18.287, y Us. debiera así decretarlo.

POR TANTO,

Con el mérito de lo expuesto y disposición legal citada,

RUEGO A US. previo desarchivo de estos autos, decretar la prescripción de la multa aplicada, y oficiar al Registro de Multas Impagas a fin de que sea eliminada la anotación que me impide renovar mi licencia de conductora.

OTROSÍ:

Acompaño copia legalizada de mi licencia de conductor, emitida el 8 de Febrero de 2001, y caducada el 8 de Diciembre de 2007. Sírvase S.S. tenerla por acompañada.

Quiero felicitar al aprendiz, y hago propicia la ocasión para informar a mis lectores, por si existen algunos Atinienses en situación similar.

CICERONE

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dijo : Pareciera que estamos siendo gobernados por Los Tres Chiflados...

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Imaginactivo  Atina Chile 

05/03/2008 a las 11:53
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