Alcalde Valcarce condenado por Fraude al Fisco
El Tribunal Oral ariqueño condenó a Carlos Valcarce a una pena de 61 días de cárcel (remitida) e inhabilitación perpetua para desempeñar cargos edilicios (Alcalde o Concejal), por el pago de una factura de $ 93.000.000.- por servicios inexistentes.
La situación de los alcaldes Valcarce y Soria tiene similitudes y diferencias.
Ambos son caciques locales e hicieron elegir a sus respectivos hijos como diputados.
El proceso del Alcalde Soria es mucho más antiguo, se rige por el antiguo sistema procesal penal, y aún no se cierra el sumario. No obstante, por el sólo hecho de ser procesado, tuvo que dejar el ejercicio de la Alcaldía.
El proceso del Alcalde Valcarce se rige por el nuevo sistema procesal, y pudo seguir ejerciendo su cargo, lo que implica un evidente doble estándar.
No me queda claro si la condena de Valcarce lo inhabilita, además para postular a un cargo parlamentario, pues el Artículo 17º Nº 2 de la CPE afirma que la ciudadanía se pierde por condena a pena "aflictiva" (3 años y un día o más). A su vez, la CPE dispone, sobre el particular: Artículo 44. Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos veintiún años de edad, haber cursado la Enseñanza Media o equivalente y tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contando hacia atrás desde el día de la elección. Artículo 46. Para ser elegido senador se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, haber cursado la enseñanza media o equivalente y tener cumplidos treinta y cinco años de edad el día de la elección. CICERONE P.S. Según las estadísticas, los Alcaldes destituidos por delitos o notable abandono de deberes se reparten equitativamente entre la Alianza y la Concertación. Moraleja: Las degeneraciones van en todas direcciones.
Sitios que enlazan este artículo:
- http://www.atinachile.cl/ hace 3 años






