Insólito: SII autoriza Emisión de Facturas y Boletas sin Timbraje, por Paro de Funcionarios
Muchos Contribuyentes van a estar felices con el paro de los Puestos Internos
Transcribo Noticia de La Tercera
Continúa paro en SII y funcionarios exigen la salida del director
Producto de la movilización, el organismo autorizó la emisión de facturas y boletas de ventas y servicios sin timbraje.
Foto: Francisca Barra
El Servicio de Impuestos Internos (SII) continua en paro tras no llegar a acuerdo con el gobierno sobre el plan de modernización del organismo, según el dirigente nacional de los funcionarios, Carlos Insunza.
Luego de las reuniones sostenidas este fin de semana con el gobierno, Insunza dijo que las movilizaciones no cesarán y calificó como una "provocación" que el Ministerio de Hacienda les argumentara que no pueden comprometer dineros para el plan de modernización sino para un plazo de cuatro años.
"Es sólo una provocación porque todos sabemos que el actual gobierno termina mucho antes y cualquier gobierno responsable, y así también nos lo han transmitido las autoridades de Hacienda, no puede comprometer recursos más allá de su período de gestión. El paro continúa", expresó el dirigente a radio Cooperativa.
Insunza, además, reiteró la posición de los trabajadores de Impuestos Internos de pedir la salida del director del organismo, Ricardo Escobar, porque "ha perdido la confianza de los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, creemos que su liderazgo ha sido irremediablemente comprometido", afirmó.
"No hay ningún grado de confianza en él", agregó.
Ante tal escenario, la Dirección de Impuestos Internos informó que junto a la subsecretaría de Hacienda "han confirmado su voluntad de diálogo para impulsar el plan de modernización del Servicio".
Además, en un comunicado, manifestó que el paro no constituye un elemento para modernizar el Estado, "sino el diálogo y el esfuerzo consensuado".
"Es por ello que reafirmamos nuestra voluntad de dialogar y de llevar adelante el plan de modernización propuesto por la Dirección del SII, si se cumple con restablecer la atención a los contribuyentes", añade el documento, que sostiene que "si la situación de paro continúa, al gobierno le corresponde aplicar todas las medidas que la ley permite para asegurar a los contribuyentes su normal atención en oficinas".
Unos 3800 trabajadores del SII se mantienen en movilización a la espera de que se acojan sus demandas en orden a activar el plan de modernización del organismo.
SII RECOMIENDA
El SII informó que estableció un procedimiento administrativo para autorizar la emisión de documentación tributaria sin timbraje previo –incluyendo facturas, guías de despacho, boletas de ventas y servicios, etc.-, destinado a contribuyentes que presentan un registro de buen comportamiento tributario.
Para hacer uso de esta facilidad, que comenzará a operar a partir del martes 26 de agosto de 2008, los contribuyentes deben:
- Comunicarse a la Mesa de Ayuda Telefónica del SII, llamando gratuitamente al 800-380-950.
- Autenticarse con su clave Internet o identificándose con el nombre y RUT del representante legal. En caso de ser necesario, se pedirán algunos datos adicionales para acreditar la representatividad.
- Solicitar que se le asigne un código para autorización de determinada documentación tributaria -boletas, facturas, guías de despacho, nota de crédito, nota de débito.
- La mesa de ayuda, además del código, le señalará la cantidad de documentos tributarios específicos que podrá emitir sin timbraje del SII. El código estará asociado a la descripción del o los documentos autorizados y a la cantidad. Con un código se podrá autorizar varios tipos de documentos para el contribuyente.
- El contribuyente, una vez que agote la cantidad de documentos inicialmente autorizados a emitir, deberá enviar al SII un archivo electrónico (planilla Excel) detallando el tipo, número de documento emitido, RUT del cliente, IVA, fecha de emisión y el monto neto.
- El contribuyente podrá realizar este trámite todas las veces que lo requiera en tanto la situación de paro no se deponga.
- Una vez normalizada la situación en el SII, el contribuyente deberá concurrir a la unidad correspondiente a su domicilio y proceder al timbraje de los documentos emitidos.
El SII se hace un deber en señalar que verificará posteriormente el apropiado uso de esta medida, mediante la exigencia de la Declaración Resumen Semestral de IVA de Compras y Ventas (Declaración Jurada 3323) y cruces de información de compras y ventas de los contribuyentes.
Es la primera vez que opera el principio de la buena fe en nuestro país.
En USA las boletas y facturas no las timbra "naiden", pero no existe la evasión, y los gringos le tienen pánico al control tributario, por su eficiencia, y la penalidad que se aplica a los evasores.
Creo que en este "gallito" los funcionarios llevan las de ganar, por el riesgo que implica la disminución de la recaudación del IVA.
Me merece dudas la constitucionalidad de la discriminación entre los contribuyentes para autorizar la emisión sin timbraje.
CICERONE
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...implica un déficit para la ávida caja fiscal. Luego vienen las elecciones y tiene que haber con que...
La modernización puede esperar, los cobros no...
...y si de cobrar se trata, se agudiza el ingenio abruptamente.
Ojalá este eficiencia se manifestara en salud, vivienda, leyes laborales, probidad, etc., etc....
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alfredo ariel aguilera jorquera Ingeniero comercial de la U. de chile
Quizás más insolito es que los bancos no entreguen ningún documento por los cobros que hacen y el SII no tome medidas en contra de ellos , en la noticia existe algunos controles , pero ¿ que control puede haber sino se entrega un documento por la transacción?.
Por carta el Director Jurídico de la SBIF que los bancos tiene la obligación de entregar boletas o facturas por las comisiones , intereses u otros cobros que realizan al momento de la operación, sin embargo elude su responsabilidad legal de hacer cumplir la ley y traspasar los antecedentes a la autoridad competente , letra k del artículo <nº 61 del estatuto administrarivo que se aplica en forma supletoria según ordenan los artículos Nº 2 y Nº 5 de la Ley general de bancos, así es el comportamiento de la burocracia estatal , otar cosa es que nos quedemos callados y dejemos que nos atropellen y no cumplan la ley.