Propagandas y campañas políticas en Internet

Enviado por Pedro Huichalaf Roa el 01/09/2008 a las 1:13
Pedro Huichalaf Roa

Este domingo 24 de agosto, salió publicado en el Mercurio de Valparaíso un artículo donde se hablaba sobre las campañas políticas por Internet y si los sitios web de candidatos, grupos en redes sociales y "campañas" por facebook podrían considerarse ilegales debido a que aun no se encuentra autorizada la propaganda electoral especialmente para las elecciones municipales de octubre de este año.

La periodista Evelyn Cánepa, tuvo la gentileza de incorporar mi opinión al respecto en dicho artículo. Pueden ver la página con lo mencionado popr mi y por varios abogados especialistas en el tema aqui. Sin embargo, como es comprensible, solo aparece parte de mi opinión y deja de lado algunas consideraciones en las que fundo mi respuesta.

Mi opinión es que respecto al rol de internet en las campañas (y especialmente ahora en las municipales), podemos decir que por regla general la ley aplicable a este caso es la ley orgánica 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios.

en ella, en su artículo ARTICULO 30 dice:

"Se entenderá por propaganda electoral la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados o a apoyar alguna de las proposiciones sometidas a plebiscito. Dicha propaganda sólo podrá efectuarse en las oportunidades y en la forma prescrita en esta ley."

Eso quiere decir que debemos verificar las hipótesis que la ley fija saber si la posible propaganda que emana de un candidato se ajusta a la ley.

Sin embargo esta ley regula la propaganda electoral por medio de la prensa, radioemisoras y canales de televisión donde indica que sólo podrá efectuarse desde el trigésimo y hasta el tercer día anterior al de la elección o plebiscito, ambos días inclusive.

Prohíbe además la propaganda electoral en cinematógrafos y salas de exhibición de videos y la que en cualquier lugar o forma se realice por altoparlantes fijos o móviles.

Regula la propaganda en los muros exteriores y cierros e incluso los realizados mediante volantes, con elementos móviles o por avisos luminosos o proyectados, sin embargo no hace referencia a posible propaganda por medios electrónicos o en este caso, a través de blogs personales o redes sociales como Facebook.

Podríamos entender que la ley lo que regula es la propaganda electoral en los medios tradicionales de comunicación social y con la misma lógica podríamos decir que Internet, a pesar de ser un medio de comunicación, no se define en sí como medio se comunicación social, pues solo es un espacio público.

Por otro lado, para acceder al contenido publicado en blogs o redes sociales, no son impuestos los contenidos ante el usuario, quien tiene la libertad de ingresar a un sitio para informarse.

También podemos aplicar la lógica de que si la ley regula la propaganda electoral por determinados medios, autoriza el uso de otros medios porque esta no es una norma prohibitiva.

Finalmente en Chile actualmente existes espacios como www.tueliges.cl de la Fundación País Digital en donde, según se indica en el mismo sitio, se busca crear espacios que generen conversación sobre los temas que afecten a intereses ciudadanos, siendo una voz entre candidatos y ciudadanos.

Existe una delgada línea que los políticos tradicionales muy bien saben utilizar, entre informar de propuestas de un candidato y hacer propaganda electoral.Se infiere, por tanto, que no se busca generar directamente propaganda electoral en la que el fin central es a llamar o inducir a emitir el voto a favor de uno u otro candidato (aunque consecuencialmente sí).

Debo recordar que incluso este espacio fue lanzado oficialmente este 28 de julio recién pasado con la presencia de la Presidenta de la República e incluso incorpora sistema de donación y recaudación en línea.

Por tanto, espacios como éste o a través de blogs , redes sociales o comunicaciones electrónicas (como emails y mensajes de texto), a mi entender, estarían permitidos por la ley ,debido a esta omisión en cuanto a los medios electrónicos. Si se quisiera regular la propaganda electoral por estos medios, debería, por tanto, modificar dicho cuerpo normativo.

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Decaimiento de la Norma, ...

Enviado por el 01/09/2008 a las 11:15 AM
Ivan Alberto Seisdedos CICERONE

Pedro:

... = derogación tácita.

Cuando una norma no se respeta ni se hace respetar, por la autoridad, se produce una especie de derogación tácita de la misma.

Lo vimos con los cobradores automáticos, con la ley que prohibió, a los conductores de buses, cobrar pasajes (jamás aplicada), con disposiciones legales obsoletas y no derogadas, como el "libro copiador de cartas", que deben llevar los comerciantes, y una larga lista de etcéteras.

En Iquique, desde hace más de un mes, existe publicidad radial, a toda hora, para los candiditos a concejales.

El website www.tueliges.cl , inaugurado por Michelle y creado por la Fundación País Digital, es una excelente herramienta de participación, no es un sitio de propaganda, sino de comunicación cívica, donde aparecen TODOS los candiditos a Alcalde, y pueden responder las preguntas y comentarios de TODOS los ciudadanos, interesados en emitir un voto "informado".

En materia de interpretación de las leyes, si preguntas a 2 abogados, tienes 3 respuestas, a lo menos.

En este caso, y muchos otros, hay que regirse por el sentido común, desgraciadamente, el menos común de los sentidos.

CICERONE


entiendo su punto de vista

Enviado por el 02/09/2008 a las 11:05 PM
Pedro Huichalaf Roa

aunque el tema de la derogación tácita (desde un punto de vista legal) se aplica cuando una nueva norma reemplaza a otra , pero sin especificar que deroga a la anterior.

de todas formas no creo que haya derogación en el sentido que ud, expresa. Solo que no se encuentra regulado ni menos prohibido.

de todas formas gracias por los antecedentes que entrega.

un abrazo


Tienes Razón

Enviado por el 12/09/2008 a las 08:50 AM
Ivan Alberto Seisdedos CICERONE

Pedro:

Nuestra legislación positiva no reconoce el decaimiento de la norma como una especie de derogación tácita, sino que es un concepto doctrinario.

Para efectos prácticos, da lo mismo, la norma que decae no se cumple y no se hace cumplir, y su efecto es el mismo que si se hubiera derogado.

CICERONE


Es mejor tener un poco ...

Enviado por el 01/09/2008 a las 11:27 AM
Daniel Tapia Lehmann

Es mejor tener un poco de informacion por "adelantado" y asi decidir, ya informado, por quien votar. No quiero dejar una decision tan grande como esa para ultima hora.

Y en cierto modo, es mejor que los politicos hagan sus propagandas por internet, ya que no estamos obligados a verla, a diferencia de carteles colgados en postes, del alumbrado PUBLICO, murallas rayadas y con afiches, palometas ensuciando las plazas de la comuna, en fin, entre toda la contaminacion visual que una campaña propiamente tal pudiera generar.

Saludos cordiales.

-----------------

Prensa Libre!

http://www.nyn.cl


concuerdo

Enviado por el 02/09/2008 a las 11:09 PM
Pedro Huichalaf Roa

sobre todo por lo señalado al final de su texto.

Muchas gracias por tu opinión

saludos


Muy interesante

Enviado por el 15/09/2008 a las 01:25 AM
Renata Moreno

Muy interesante tu artículo, me estaba haciendo la misma pregunta hace unas horas y buscaba información al respecto. El problema, creo yo, es que a Internet no se le puede clasificar como un solo "medio" o "espacio". Los mismos medios tradicionales tienen espacios en Internet, ya sean de prensa, radio o televisión, y muchos de ellos cuentan con blogs y foros de discusión, mientras están los que mencionas en tu artículo de correo electrónico y sitios personales como el "fenómeno Facebook", que hace meses se encuentra repleto de grupos de apoyo a determinados candidatos.

 En fin, me asalta una pequeña duda. Si seguimos la lógica de que, por no ser una norma prohibitiva, no se consideraría ilícito el empleo de otros medios no previstos por la Ley ¿tampoco se aplicaría para dicho medio, entonces, las fechas de inicio y término de dicha propaganda? Porque, por un lado, asumo que a todos los conglomerados políticos les conviene este vacío legal y por ende no se legislará al respecto, pero los períodos de propaganda, creo yo, son algo que debería respetarse, por último, para no estar viendo propaganda política todo el dichoso año.

Gracias y muchos saludos!

 


 

-----------------
KTF


gracias

Enviado por el 15/09/2008 a las 11:09 AM
Pedro Huichalaf Roa

Yo creo que la misma pregunta que nos hacemos tú y yo cuando vemos afiches pegados en micros, poster en las calles, grupos de FB, sitios webs como tueliges.cl , etc., también se lo hacen cientos de chilenos

Y donde queda la ley? pues solo hay que interpretarla literalmente (sin atender a su espítiru) para poder realizar las acciones antes descritas.
Porque la respuesta de los candidatos es clara. Aca no se "incita" al voto, sino que se "recuerda" que esta persona es candidata.

Respecto a internet, como señalo, no se le aplica lka norma que fija los tiempos para campaña, por lo que es obvio que a los políticos les conviene dejar este vacío legal sin rellenar jejeje. Asi son... tontos, pero no w...s jejeje

gracias por tus saludos .

un abrazo

 


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