Bullying o acoso moral azote en la educación

Enviado por manuel antonio el 23/11/2008 a las 10:30
manuel antonio

 

 

Profesor M. Muñoz

UT. FSM – Concepción.

www.prevelexchile.cl

www.lexpopuli.cl

23/11/08.

 

 Niña de 14 años, acosada por compañeros, se quitó la vida. La escolar había sido fotografiada con teléfono celular. Indagan un posible abuso sexual cometido por tres menores de edad.

El 25 de septiembre, Tania Riveros Campusano (14) sufrió una traumática experiencia: al entrar a su sala en la Escuela Jesús Fernández Hidalgo de Copiapó, tres compañeros la retuvieron, le levantaron el jumper y la fotografiaron con un teléfono celular.

Aunque ella misma borró las fotos y el colegio denunció el hecho ante el Ministerio Público, Tania no pudo superar la humillación. Anteayer se colgó de una viga en su propio hogar.

La fiscal Verónica Álvarez indaga un posible abuso sexual cometido por menores de 12, 13 y 16 años, de los que sólo el último sería imputable. Familiares de la víctima señalaron a Investigaciones que la niña se había derrumbado tras el incidente. Cambió su personalidad y se volvió agresiva.

Su profesora jefe, Rosana Pizarro, dijo que después de un tiempo la niña había vuelto a clases. Pero sus victimarios siguieron en el colegio, y Tania no resistió.

 Agobiada por la humillación, Tania puso término a su vida.

 

 

EL POEMA.-

 

Las otras niñas del barrio

juegan en la vereda;

las otras niñas del barrio

no quieren jugar con ella.

Toda vestida de blanco,

almidonada y compuesta,

en un silencio sin lágrimas,

lloraba la niña negra.

 

Esta historia del Bullying, no es nueva. Ha existido desde  que el hombre se comporta como bestia en el seno social, despreciando las normativas del respeto al otro y haciendo fortalecer la fuerza y la estupidez, sobre la razón, el derecho y la solidaridad. Los problemas del acoso a las personas es un problema cultural que ha ido minando la sociedad hasta convertirla en unh estadio violento. Donde la agresividad del sistema se manifiesta en el ánimo y en la conducta de sus miembros. Ocurre en el Hogar, en los lugares de trabajo, donde la violencia adquiere el nombre de Mobbig o acoso moral en el trabajo. También se manifiesta en los barrios, respecto a ciertos vecinos que son agobiados con los ataques permanentes, en la mayoría de los casos, sin razón alguna. O, poniéndonos en la mente criminal del acosador, porque no son iguales a nosotros, en color, raza, etnia, situación social, económica, religión, ideología. En fin, el acosador siempre va a justificar internamente su conducta en cualquier nimiedad o sin razón.

Luís Cané escribió este poema que formaba parte de nuestra educación humanista, cuando la había. Poeta argentino. Entre sus obras están el Romancero del Río de la Plata (1936), bailes y coplería (1941) entre otros. Su obra revela una fina sensibilidad y cierta angustia respecto de la muerte. Luis Cané, escritor argentino nacido en Mercedes el 1 de marzo de 1897 y fallecido el 1 de marzo de 1957.

Destacó como poeta, aunque también escribió prosa (Marido para mi hermanita y El amor de las muchachas) y teatro (Vanidad, La mujer que yo he soñado, y Un agujero para mirar el cielo, las tres estrenadas en el Teatro del Pueblo).Su poesía estuvo influida por el Siglo de oro español, sobretodo por Quevedo, Góngora y Lope de Vega.

 

En Chile, aproximadamente un tercio de los niños en edad escolar padecen, sufren y se enfrentan diariamente a una situación de acoso moral en las escuelas y colegios,. Quedando gravemente lesionados, tanto física como psi1quicamente, constituyéndose estas agresiones enh una fuente de desmoralización, pérdida de sociabilidad, aislamiento y al final, el suicidio.

 

Tanto como el Mobbing Laboral, es decir, el acoso moral en el trabajo, los niños, deben sufrir cada día el terror psicológico de tener que enfrentarse solos, sin solidaridad alguna, ayuda o comprensión a la tortura permanente sin que exista la posibilidad de evitarla por si mismos, lo que es peor, con el sentimiento de impotencia y de imposibilidad de evitar esta suerte. Se agrega, el lamentable hecho que los padres, apoderados y profesores, se encuentran distantes de los problemas de los escolares y por desgracia, solo fijan su atención en ellos cuando la desesperación de los menores les impulsa a tomar medidas drásticas, cuyo objeto es llamar a atención. En el caso de la noticia, ni la autoridad judicial, ni a educacional menos la política, se sintieron responsables del dolor de la menor suicida. No obraron como correspondía ante la gravedad de este asunto, el que hasta hoy se ha tomado sin un criterio alguno que demuestre haber entendido los graves síntomas de violencia que afectan la sociedad chilena.

 

COMO ENTENDER EL BULLYING

 

                   Los autores generalmente se abstienen de dar una definición de lo que debe entenderse por Bullying, ello por miedo a no considerar elementos que son importantes o para no crear polémica. Generalmente se habla de las conductas que integran este flagelo como: Violencia, Agresión; Discriminación; Exclusión;  Matonaje y Humillaciones. Efectivamente, ello ocurre en el Bullying, pero, para entendernos con mayor claridad diremos que se trata de: “Una conducta de un sujeto niño o adolescente, quien en el ámbito escolar es agredido, humillado y atacado física y psicológicamente, en forma reiterada sin causa alguna, pero, considerando los agresores condiciones físicas, étnicas, situación social o, en general, motivaciones de índole personal que les impulsa a someter a la víctima a crueles instancias de dolor y desesperación, que puede llevarlos silenciosamente a anular su personalidad y al suicidio”.

 

                   Desgraciadamente, los casos de Bullying que se han observado en nuestro país, solo han llamado la atención y provocado el espanto cuando la acción de la víctima llega a la solución final: El Suicidio. Situación que debe ser revertida iniciando una decidida reflexión sobres las causas, motivaciones conductuales, errores de la educación, consideraciones erradas de lo que es la disciplina escolar, estudios psicológicos del medio en que los menores se desarrollan, en especial buscando las causas primarias de la vigencia integrada a la mentalidad de los grupos acosadores o del acosador.

 

ERRORES DEL SISTEMA EDUCACIONAL.-

 

                   Uno de los principales errores del sistema educacional, en estas materias, es atribuir la responsabilidad de la educación a os maestros sin que los padres asuman su gran responsabilidad como formadores de los niños desde que estos nacen y manifiestan sus primeras actitudes y aptitudes. El niño llega a la escuela ya con deficiencias formativas de conducta, consecuencialmente en un sistema de educación caduco, donde lo que interesa son las estadísticas y no la persona de los menores, es claro que las malformaciones del hogar se trasladan a los ámbitos en que la autoridad se encuentra más distante y es absolutamente limitada en materia de disciplina y corrección de conductas. Los profesores no puedes en las escasas horas de clase, abrumados además, por sus propios dramas económicos y sociales, volcar la atención que los niños necesitan para reestablecer conductas de respeto al otro, de tolerancia y de solidaridad, elementos axiológicos necesarios para el crecimiento de una sociedad sana y democrática.

                   La experiencia nos señala que en nuestro país, el sector docente se encuentra permanentemente bajo la dura crítica de la prensa y de la jerarquía educacional. A nuestro modesto entender, hay que hacer una valoración más objetiva de lo que los maestros dan en términos genéricos, en relación a lo que la sociedad les ofrece para la realización de su vida personal y de la manifestación de su vocación docente. En este aspecto, podemos señalar que hay un débito social y político en ello. La sociedad impulsa el Bullying desde que pone en tela de juicio la  acción docente, desde que les niega recursos y desde que les hace vivir en medio de las constantes angustias económicas. Con esta condición de los maestros no podemos exigir que en las escuelas se enteguen los valores y conductas sociales apropiadas, sino ello no lo hacemos en nuestros propios hogares.

                   La situación hoy de gran número de maestros, es tan o más asediada por acoso, que forman parte de la cadena del Bullying. Baste señalar que en lo que va del año hemos tenido noticia de maestros agredidos por alumnos, padres o apoderados, hechos que ilustran a situación precaria de la salud psíquica en los colegios y que afecta tanto a alumnos como a sus guías.

 

ERRORES DE POLÍTICA EDUCACIONAL.-

 

                   Generalmente cuando hablamos de disciplina escolar son muchas las personas que ven en ello una forma de agresión a los infantes y adolescentes, basados en la mala interpretación del tratado Internacional Sobre Derechos del Niño, entendiéndo que estos entre otras cosas, deben gozar de la más ampli libertad de hacer, a fin de respetar sus motivaciones. Sin embargo, a fin de aclarar esta idea de libertad absoluta a los menores debemos recordar que todo lo relacionado a la política de menores debe estar guiada por que se “tomen todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.  Esta disposición del Convenio Internacional, nos obliga a entender y de que se trata “el interés superior del niño”(art.3). Y una de las cuestiones fundamentales que no pueden ser transadas nos lleva a establecer que es del interés primordial del niño aprender a actuar en sociedad, respetando los valores, las leyes y fundamentalmente respetando al prójimo. Sin una atención destinada a dar actitudes que vayan en este sentido, no se está cumpliendo con el mandato internacional y de este modo violentamos la esencia del Convenio. Esta idea es considerada en disposiciones posteriores del Convenio.

                   El número dos, del art. 3,  de este Convenio, también resulta claro para avalar nuestra tesis. En efecto, dice:

“2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.”

                   El artículo dice claramente que deben tenerse en cuenta en toda política relacionada con los niños “la protección y el cuidado que sea necesario”. Asimismo, que los padres son las personas responsables ante la Ley. Entonces, conviene hacer un paréntesis en todo lo actuado en política infantil hasta ahora y replantear que los primeros responsables de las conductas de los menores son los padres. De tal modo, que estos no pueden hacer recaer la culpa a los maestros por mala formación que los menores traes del hogar.

                   El número tres del artículo citado dispone que las instituciones encargadas del cuidado de los niños, léase: escuelas, internados, casas de acogida, etc, debn cumplir con las normas de seguridad, sanidad y competencia personal y “así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada”.

                   En el artículo 5, la Convención expresa claramente el tema de la responsabilidad en la formación de los menores al consignar lo siguiente: Artículo 5: Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.

 

                   En mérito de lo señalado por el Convenio insistimos en que los errores tanto del Sistema como de la Política educacional han sido causa en los diferentes casos de Bullying, especialmente en aquellos en que las víctimas han optado por el suicidio. Por su parte el art. 16, señala que el niño tiene pleno derecho a la protección de su honra y reputación, señalando que la Ley debe protegerlo de esta ingerencias. En este  aspecto cabe señalar que el Estado de Chile y su Constitución garantizan a toda persona el respeto a su dignidad personal o familiar y a su honra, según lo expresa el art. 19 N! 4 de la Carta Fundamental.

Uno de los grandes errores del Estado chileno ha sido dejar la situación de los menores agredidos a la suerte de las medidas burocráticas del sistema educacional, las que no permiten, por ser reconocidamente lentas optar por atenciones rápidas para prevenir o en su caso terminar con las  acciones de acoso en el ámbito escolar. De ese modo se ha dejado que el acosador y la víctima convivan diariamente sin tomar medidas adecuadas para evitar esta tortura psicológica. De otro punto de vista, da la impresión que la víctima del Bullying, representa para las Corporaciones Educacionales una molestia y un gravamen que no están dispuestos a reconocer como parte de su labor educacional, lo que en definitiva deja al acosado a su suerte haciendo nacer en él el síndrome del desamparo e impotencia, lo que agrava mucho más su percepción de injusticia y de un mundo no amistoso para su existir.

MEDIDAS LEGALES CONTRA EL BULLYING.

                   Cualquier persona que sea violentado con hechos y actos concretos, en sus derechos fundamentales, como lo es la salud y la dignidad personal, que se ven afectadas profundamente por el Bullying, puede recurrir de Protección ante la Corte de Apelaciones del lugar donde dichos hechos ocurren. Como en la situación que analizamos se trata de un menor de edad puede interponerlo cualquier persona o grupo de personas ante la Corte de Apelaciones, dando los antecedentes y solicitando se restaure el imperio del derecho y se terminen las acciones de hostigamiento, acoso, discrimincación o todo acto que va en contra de la salud y dignidad humana. Generalmente el plazo para interponer este recurso es de treinta días, pero, como se trata de hechos permanentes en el tiempo, que se repiten y que por la naturaleza de los mismos, solo pueden ser calificados de Bullying en caso de su reiteración y permanencia en el tiempo, este plazo se mantiene vigente mientras se produzcan las acciones perturbadoras del derecho que se pide proteger.

                   En caso de lesiones o agresiones que constituyan un menoscabo físico o psíquico, quienes actúan en este acoso pueden ser denunciados a la justicia penal mediante una simple denuncia ante el Ministerio Público, quien tiene la obligación de investigar las agresiones denunciadas.

                   Finalmente, las víctimas y sus representantes pueden recurrir a la Justicia Ordinaria a fin que se disponga la reparación por la vía de la indemnización de perjuicios contra los culpables de os hechos. En este sentido, hay normas civiles contractuales que dan acción contra la Corporación Educacional y, al mismo tiempo acciones por responsabilidad extracontractual, contra los padres de los acosadores y causantes de los daños y, desgraciadamente contra los Directorers de Colegio, disposición (2320) del Código Civil, para mi gusto añeja y desubicada en el tiempo y en el espacio, pero, vigente.

                   Si se tratara de algún colegio o escuea fiscal o municipal, además surge la responsabilidad del Estado, pues, es este el ultimo responsable por a falta de servicio que se manifiesta en no haber prestado los deberes de cuidado y protección al menor ofendido, sin perjuicio del derecho de éste a pedir se le devuelvan las sumas  pagadas por concepto de indemnización, contra los autores directos del hecho.

CONCLUSIÓN.

                   La peligrosidad de este flagelo se advierte en la circunstancias más o menos consecuencial,  que los menores pueden estimar que las relaciones normales en la sociedad se encuentran marcadas por la violencia y en este camino, tanto las víctimas como los acosadores serán, con la mayor certeza, ciudadanos que en su actuar no respetarán los derechos de los demás. La aceptación de la violencia como medio de interrelación, conducta social o forma de alcanzar liderazgos, pueden ser malas señales para la vida social y para  los menores, especialmente de los educandos, con  resultados negativos para la vida y paz social. Por ello, conviene una acción urgente de los actores del sistema educacional: Estado y Corporaciones Educacionales, padres y apoderados y los mismos menores, a quienes debe oírseles permanentemente. Si queremos optar, como Nación, a que nuestro futuro se encuentre regido por las normas de convivencia civilizada, es necesario que hoy, se tomen todas las medidas necesarias para que nuestros niños sepan que un país se mueve solamente en la senda del respeto de los derechos personales, civiles y políticos, lo que será difícil de sostener si los ciudadanos del futuro ven en la violencia una forma de relación social, asunto también que vulnera los principios de una democracia, como la que pretendemos perfeccionar.

                  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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