Director del SII califica de usureros a la mayoría de los Bancos

Enviado por alfredo ariel aguilera jorquera el 25/01/2009 a las 12:02
alfredo ariel aguilera jorquera

He recibido una carta , por orden del Ministro de Hacienda, donde se me da a conocer un dictamen del SR Director del SII respecto a los cobros de comisiones por sobregiro no pactado.Sustenté la tésis de que las comisiones por nacer de " actos de verdadera gestión " según lo señala el Código de Comercio constituían un servicio y como el banco cobraba una UF diaria , independiente del monto, no constituía interés.El Sr Director del SII estimo lo contrario he hizo primar la ley general , 18010 sobre la particular , de las cuentas corrientes en el Código de Comercio,

Así las cosas como los Bancos cobran una UF por día en la casi totalidad de los casos, infrinjen la Ley 18.010 ya que ella estipula que los intereses , en ningún caso pueden superar la tasa de interés convencional en más de 50%, por lo tanto deben cum`plir con lo señaldo por el artículo Nº 8 que obliga a su devolución.

Quienes hayan leído mis artículos en contra de la burocracia comprenderá el porque hago las temerarias siguientes afirmaciones.

NIngún Banco devolverá el dinero.

La Superintendencia de Bancos se lavará las manos

El Sr Director del SII cambiará su dictamen.

Lo único que quedará para la historia será que el Sr. Director el SII calificó a la mayoría delos Bancos establecidos en Chile de usureros.

Si mis vaticinios no se cumplen , es probable que la Concertación vuelva a ganar pues significará que en Chile realmente se defiende al a gente.

Dios quiera que yo esté equivocado.

Etiquetas: | Regiones

No se podía...

Enviado por el 26/01/2009 a las 06:07 PM
Matusalén

...esperar otra cosa, y esto es lo que puede admitir...

saludos


carta a Ministro de Hacienda

Enviado por el 28/01/2009 a las 11:48 AM
alfredo ariel aguilera jorquera

-----------------
alfredo ariel aguilera jorquera Ingeniero comercial de la U. de chile

Estimados amigos de Atina Chile.

Deseo compartir con Uds. Mi respuesta a la carta que recibiera , por orden del Sr Ministro de Hacienda , respecto de mi reclamo por el no pago de IVA por los Bancos, y no entrega de boleta o factura por las comisiones por sobregiros no pactados en cuentas corrientes, donde los Bancos abusivamente cobran una UF por día de sobregiro  , independiente del monto que prestan. Aquí mi respuesta:

DE.  ALFREDO ARIEL .AGUILERA JORQUERA

 

A: SR. MINISTRO DE HACIENDA

 

AT. ASESORA LEGAL DEL MINISTRO DE HACIENDA

 

 

 

                   REF. Ordinario Nº 50

                    Ant:  Carta de fecha 10 de Septiembre del 2008.

                   MAT. Solicita investigación, infracción Ley 18.010,Titulo 1.

 

 

 

EN LO PRINCIPAL: Denuncia por infracciones a los artículos Nº 6 inciso 4 y art Nº8 de la Ley nº 18.010.

 

EN EL PRIMER OTROSI: Solicita la devolución de los dineros cobrados en exceso por interés, art Nº 8.

 

EN EL SEGUNDO OTROSI: Que se tenga presente.

 

 

 

ALFREDO ARIEL AGUILERA JORQUERA, Ingeniero Comercial de la U. de Chile ,estudiante de Derecho, militante fundador del Partido por la Democracia , rut 4390094-3 , domiciliado en calle El Mirador 311, Illapel , email  alguijor@gmail.com ,fono 77285843, con respeto digo que:

 

 

 

Al Sr . Ministro de Hacienda le doy las gracias por su respuesta, lo que me da fe en nuestro Gobierno de la Concertación , ya que nuestro lema de que “escuchamos a la gente “ nos un mero recurso electoral si no una práctica que nace de lo más profundo de nuestros principios.

 

 

 

Del ordinario Nº 50 , que gentilmente me remitiera la asesora legal del Ministerio de Hacienda , la Sra Marta Tonda Mitri, donde se me informa del oficio ordinario Nº 12/38 , de fecha 06 de Enero del 2009 , del Director del Servicio de Impuestos Internos, se deduce lo siguiente:

 

 

1)     Que a juicio de Impuestos Internos , el cobro por Comisiones por administración de sobregiros no pactados , no constituye Comisiones sino intereses. Ya que textualmente señala:

 

2)     “ Por tanto y de acuerdo a las normas referidas , cabe concluír que las comisiones que cobran los bancos e instituciones financieras relacionadas con las operaciones de crédito en dinero, entre las que comprende el sobregiro en cuentas corrientes , no se encuentran gravadas por el Impuesto a las Ventas y Servicios  (corrijo al Sr. Director , el impuesto se llama según la ley Impuesto al Valor Agregado ) y respecto de éstas las entidades señaladas, no se encuentran obligadas a emitir factura o boleta por el cobro de comisiones que acceden a las operaciones precitadas “

 

 

3)     En consecuencia exista una clara y grave infracción al artículo Nº6 inciso 4 de la ley 18010 que señala:

 

“No puede estipularse un interés que exceda en mas de 50% al corriente que rija al momento de la convención, ya sea que se pacte tasa fija o variable. Este límite de interés se denomina tasa de interés máximo convencional”

 

 

Y además existe una infracción al art Nº 8 , puesto que estos dineros no se han devuelto.

 

 

 

 

POR TANTO , ruego al Sr. Ministro , en mérito de los antecedentes expuestos, tener por acogida denuncia por infracción a la ley 18.010 en contra  de los Bancos establecidos en  Chile , efectuar las diligencias pedidas y todas las otras que fuesen necesarias para el efectivo cumplimiento de la ley.

 

 

 

 

 

EN EL PRIMER OTROSI.: Solicito respetuosamente al Sr Ministro de Hacienda que requiera a la Superintendencia de Bancos un informe respecto de la situación descrita solicitando la aplicación de las medidas conducentes a que la ley se cumpla y los dineros , ilegalmente cobrados a miles de cuenta corrientistas sean devueltos en conformidad con lo señalado en el art Nº8 de la ley 18010.

 

 

 

EN EL SEGUNDO OTROSI:  Que se tenga presente que el Sector Bancario es el sector de la economía que ha presentado mayores utilidades y que ha recibido constantes privilegios de parte de los gobiernos tanto de la dictadura como de la Concertación y que los montos involucrados no son de la magnitud para iniciar acciones judiciales por lo que es el Estado quien debe asumir la defensa de los ciudadanos en la búsqueda del restablecimiento del órden jurídico gravemente quebrantado por la actitud habitualmente abusiva de los Bancos. , como lo es el hecho de cobrar una UF diaria comisión por sobregiro no pactado independiente del dinero prestado. .

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CC. Senador Eduardo Frei R-T.

       Senador Carlos Ominami.

       Senador Nelson Avila.

       Senador Jorge Pizarro.

       Senador  Fernando Flores.

       Senador Guido Girardi

       Senador Juan Pablo Letelier.

       Diputada   Adriana Muñoz

       Diputado  Enrique Acorssi

       Diputada   Laura Soto.

       Diputada   Carolina Tohá.

       Presidente del PPD.  Pepe Auth

       Sra Ximena Aldana.

       

 


sobre ladrones y bancos...

Enviado por el 08/03/2009 a las 06:45 PM
enrike
-----------------
enrike

sobre ladrones y bancos

Enviado por el 08/03/2009 a las 06:46 PM
enrike
-----------------
enrike

Gracias alfredo...

Enviado por el 28/01/2009 a las 01:02 PM
Matusalén

...saludos


Suscribirse a los comentarios de este artículo en RSS

Comparte Atina Chile

Share/Save/Bookmark

Artículos recientes

Comentarios recientes

Última encuesta

¿Y nos vamos al mundial de Sudáfrica esta pasada?


Resultados:
  • Si, de seguro ante Colombia de visita: 33 % (7 votos)
  • Sí, jugando ante Ecuador de local: 23 % (5 votos)
  • No. Creo que tendremos que llegar al repechaje: 4 % (1 voto)
  • Me da lo mismo la selección: 38 % (8 votos)

Total de votos: 21

Esta encuesta está cerrada. Estuvo disponible 5 día(s) desde el 07/10/2009.

Encuestas anteriores

Navegación guiada

¡Atina!

atinaliterario.jpg







Blogalaxia

Red de Diarios Ciudadanos

El Morrocotudo - región de Arica y Parinacota
El Nortero - región de Antofagasta
El Observatodo - región de Coquimbo
boton paradiario copia.jpg
El Rancahuaso - región de O'Higgins
El aMaule - región del Maule
La oPiñón - región de la Araucanía
El Naveghable - región de los Ríaos
El Naveghable - provincia de Osorno
El Repuertero - provincia de Llanquihue