Hace unos días los pitbulls de María
Valenzuela Careño, que habían previamente dado muerte a mordiscos a su
inquilino Ruperto Navarrete, fueron sacrificados. Según La
Nación, "la mujer fue detenida por Investigaciones y los canes fueron
sacrificados". No siempre ocurre que los dueños de perros agresivos sean
detenidos y luego imputados -por cuasi delito de homicidio en este caso- ni que
los perros implicados mismos sean sacrificados. El periodista no menciona quién
mató a los perros, pese a su potencial como noticia. ¿Los mataron los carabineros? ¿Los detectives de
El mortífero ataque de los perros no
fue infundado, desde el punto de vista de los animales. Don Ruperto, que la
prensa no decide si tenía 67 (según El
Austral de Temuco) u 88 años (según, por ejemplo, Radio
Cooperativa), que volvía tarde al cuarto que alquilaba en el patio trasero
de doña María, no vio a los perros y pisó a uno de ellos. La reacción del
pitbull fue inmediata y violenta. No injustificada, pues don Ruperto no
sólo invadía el círculo más íntimo de su territorio, sino en realidad le
agredía directamente. Muchos humanos reaccionan de la misma manera. Y muchas
personas descuidadas o despistadas, que invaden el espacio íntimo de seres
humanos, encuentran la muerte en circunstancias similares a las de don Ruperto,
pero víctimas de la agresión de otros humanos.
Un vecino que le prestó ayuda, llegó sin embargo demasiado tarde. Los perros no
le atacaron (en paislobo.cl).
Los perros no hicieron más que defenderse. El ataque no implica de ningún modo
que se volverían agresivos, o que repetirían su agresión. De hecho, no parecen
haber sido agresivos, puesto que don Ruperto vivía en el lugar, los conocía y
no había sido víctima de ninguna agresión. Y es probable que los perros mismos
lo hayan reconocido después del fatal momento de furor, o defensa. La conseja popular de que los perros que
prueban sangre humana querrán volver a probarla, no tiene fundamento alguno. Si
se actuó sobre la base de supersticiones infundadas, se actuó mal.
Según las informaciones de Radio Cooperativa, fue doña María la que dio muerte
a su perro Rocky. Pero no detalla cómo le dio muerte. Agrega la nota que doña María también eliminará a la perra,
también pitbull, que también agredió a don Ruperto cuando este yacía moribundo.
Doña María podría ser sentenciada hasta
tres años de cárcel, en caso de ser condenada. Según el Código
Penal, se aplicarán penas de reclusión en sus grados mínimo a medio o una
multa de hasta veinte sueldos vitales "[...] al dueño de animales feroces
que, por descuido culpable de su parte, causaren daño a las personas". El
cuasidelito se define como un hecho culpable cometido sin la intención de dañar
(en el artículo 2284 del Código
Civil, "[...] No son capaces de delito o cuasidelito los menores de
siete años ni los dementes; pero serán responsables de los daños causados por
ellos las personas a cuyo cargo estén, si pudiere imputárseles
negligencia".
Los perros, como se ve, ocupan la misma
categoría que los niños menores de siete años y los dementes, y no se les
considera responsables ni imputables por sus actos. Si causaran daños a terceros,
son sus responsables quienes deben rendir cuentas. Es el caso de doña María.
¿Por qué mató doña María a sus perros? ¿Alguien se lo dijo? ¿Para aplacar su
propia ira? ¿Para aplacar la ira de vecinos y posibles familiares de la
víctima? ¿Para eludir su responsabilidad? Es muy probable que doña María no haya sabido ni sepa nada sobre la
existencia de estos artículos sobre la responsabilidad que cabe a los dueños de
perros cuando causan estos daños a terceros. Ahora doña María tiene
arraigo nacional y la obligación de firmar mensualmente ante el Ministerio
Público, que parece temer que la señora trate de eludir su responsabilidad.
Pero la verdad es que doña María
debiese ser procesada, además, por maltrato animal, pues sacrificó a un
perro aparentemente sano y sin la intervención de ninguna autoridad sanitaria.
En realidad, sólo el seremi de Salud puede ordenar la muerte de un perro y
solamente si, tras diez días de observación, se constata que el perro está
afectado por la rabia. Es la única causal de muerte de un perro. Toda otra
muerte, decretada por otras autoridades o ejecutada por personas ajenas a los
servicios sanitarios del seremi de Salud es simplemente ilegal y constituye un
delito. Ni las autoridades municipales,
ni Carabineros, ni detectives, ni veterinarios ni los dueños de las mascotas
tienen atribución alguna para decidir sobre la vida o muerte de un perro o de
otras mascotas, propias o ajenas. La propiedad no faculta a los dueños a
determinar la muerte de sus mascotas, y menos a ejecutarlas ellas mismas, pues
aún en el caso de que el sacrificio de una mascota lo decrete un seremi de
Salud deben observarse reglas para que el animal no sufra excesivamente ni -en
su eliminación justificada, si tuviese la rabia- se cometa el delito penado por
el artículo 291 bis del Código Penal sobre maltrato animal.
Habitualmente las personas que quieren
eliminar a sus perros, cuando no son simples energúmenos y matan a sus mascotas
ellas mismas, ahorcándolas, a balazos o con venenos, recurren a los servicios
de un veterinario, que pone a las mascotas a dormir. Nada justifica tampoco
este procedimiento cuando se trata de eliminar a perros sanos. Cuando
las municipalidades recogen perros, abandonados o todavía con dueños, para
matarlos a petición de sus presuntos dueños, también cometen delito de
maltrato, digan lo que digan las autoridades para justificar esos asesinatos.
En muchas municipalidades se justifican estas intervenciones haciendo firmar a
los dueños una declaración llamada de ‘entrega voluntaria', que exime a las
autoridades de responsabilidad en la muerte concertada de la mascota. Pero es
dudoso que esta exigencia pueda tener bases legales. En primer lugar, no existiendo en Chile la exigencia de
certificar la propiedad de las mascotas, cualquiera puede acercarse a un
municipio cómplice y pedir que maten a los perros o gatos que lleve alegando
que es su dueño y que tiene, por tanto, derecho a solicitar ese servicio. Las
municipalidades cometen un delito al aceptar como válidas estas declaraciones
de propiedad, pues los presuntos dueños no tienen cómo demostrar que son dueños
legítimos de las mascotas cuya propiedad reclaman. Bien pudiesen ser los
perros del vecino, o simplemente recogidos de la calle tras ser abandonados.
Considerando que según una disposición antigua, pero que algunos jueces todavía
aplican, las mascotas son cosas, cuando alguien, una persona o municipalidad
acepta de buenas a primeras una mascota, para el propósito que sea, sin la
certificación de propiedad adecuada, comete delito de receptación, que según el artículo 456 bis A del Código Penal,
consiste en que "el que conociendo su origen o no pudiendo menos que
conocerlo, tenga en su poder, a cualquier título, especies hurtadas o robadas,
o las compre, venda o comercialice en cualquier forma, aun cuando ya hubiese
dispuesto de ellas".
En algunos otros casos conocidos, en que perros han causado la muerte de
personas, se ha procedido de otro modo. A
Kayser, una mestiza de doberman y pastor alemán que mató a una niña en su andador
en Santiago en octubre de 2008, Carabineros la rescató de la familia que
planeaba quemarla viva para vengar la muerte de la pequeña. Kayser fue
internada en dependencias del Instituto de Salud Pública de Puente Alto para
ser observada durante los diez días que exige la ley. No recuerdo que
haya aparecido nada sobre este perro en la prensa posteriormente. Pero nada
indica que haya tenido rabia y debe, por tanto, estar viva en el nuevo hogar
adoptivo que le había ofrecido
También existen casos similares a los de doña María. En Antofagasta, en abril
de 2009, los vecinos pagaron la eutanasia (presuntamente a un veterinario) de
un pitbull de un vecino que había atacado a una mujer (en La Tercera).
No sé si se emprendieron acciones judiciales contra ellos.
Como el caso de Kayser, existen algunos
otros precedentes judiciales en que la propiedad de las mascotas y animales no
permite que sus dueños hagan con ellos lo que les plazca y menos someterlos a
maltratos y violencias. Uno de los más conocidos es el caso de los
caballos de San Antonio, cuyo dueño fue denunciado por maltrato animal por sus
vecinos, demanda que fue acogida por el tribunal. No sé, sin embargo, qué ha
ocurrido posteriormente (consúltese el enlace anterior). Otro caso es el de la
gatita de Concepción, uno de cuyos dueños -pues era de propiedad colectiva- la
mató a patadas y fue luego procesado y condenado.
Así que lo que hizo doña María
francamente no tiene ninguna justificación y es una violación flagrante del
artículo que sanciona el maltrato animal, que según algunas interpretaciones
recientes no se comete solamente cuando se ejecuta a animal causándole dolor
físico innecesario sino simplemente cuando se lo elimina estando sano, sea el
método de su muerte el llamado indoloro o no. Simplemente, doña María no
tenía derecho a matar a Rocky.1
2
Este incidente ha vuelto a encender la
hoguera del debate sobre las razas llamadas
peligrosas y sobre el peligro que representan los perros. No voy más
que a tocar brevemente este debate, que se viene prolongando por varios años,
en varios países, y que cuenta con una impresionante literatura secundaria. La
semana pasada el diario de Chillán, Chile, La
Discusión, publicó una entrevista con Fernando González Schnake, vicedecano
de
Imagino que la lógica que exhibe
González le permitiría abogar por el exterminio de muchas especies animales, y
hasta quizás de la especie humana misma, porque es difícil imaginar una especie
que de algún modo y en algún momento no constituya un peligro potencial para
los humanos, sea por su natural peligrosidad, como un puma, por ejemplo, hasta
las apacibles vacas, que pueden transmitirnos cosas como el llamado mal de las
vacas locas. Y considerando que el peor enemigo del hombre es el propio
hombre, ¿no sería mejor considerar la eliminación de la especie humana misma?
El vicedecano, además, se opone a los programas de esterilización y adopción,
porque no ofrecen la solución final inmediata que pregona con el exterminio de
los perros. Según él, "[...] uno en realidad cuando adopta a un perro ya
criado no sabe qué mete a su casa. Por lo general esos perros están
acostumbrados a otras cosas y nadie
puede garantizar que el animal no ataque en determinadas circunstancias".
Es ciertamente lamentable que un diario ofrezca tribuna a este tipo de
personajes, que ocultan sus mentes criminales tras la fachada de diplomas
universitarios obtenidos quién sabe cómo. Nada serio puede enseñar un señor
como González y es una verdadera desgracia que tenga responsabilidades académicas
de tan alto nivel en esa universidad. González
predica lo que nuestras leyes consideran delito. Si lo que hace el vicedecano
no es apología de la violencia y un llamado a violar la ley de protección
animal, no sé verdaderamente qué cosa podría ser. No creo yo que la libertad de
opinión se pueda extender a quienes pregonan constantemente la violación de las
leyes.
Un llamado irracional de la misma
calaña publica hoy La Tercera,
que informa sobre las declaraciones del diputado de extrema derecha Juan Lobos
(UDI, el partido que defiende los crímenes de Pinochet) pidiendo que se declare
como peligrosos a los perros callejeros... a raíz del ataque de Rocky -el perro
de doña María- que terminó con la muerte de don Ruperto! Sorprendente
ausencia de lógica. El parlamentario, escribe
En Antofagasta, también en estos días, el gobierno regional destinó fondos para
un programa de control canino que incluye la aplicación de la eutanasia a
perros desahuciados o, dice el periodista, "con problemas de rabia"
(en La
Tercera). 3 No queda claro en la nota periodística si es la municipalidad
la que se encargará de la aplicación de este programa. El programa descrito encuentra justificación, según el autor de la nota,
en la seguidilla de ataques de perros callejeros contra personas, aunque esta
descripción violenta la realidad. Y la realidad es que, tanto en Antofagasta
como en otras ciudades del país, la inmensísima mayoría de los ataques caninos
contra los personas corren a cuenta de perros con dueño, que han sido
adiestrados justamente por sus dueños para atacar a personas. La idea de
que son los perros vagos los responsables de los ataques contra personas es
simplemente un mito enfermizo (he comentado esta situación aquí)
y un prejuicio tan bruto y enraizado que también da origen a notas
periodísticas absurdas, que a veces también contamina a las autoridades. La
Estrella de Chiloé del 22 de abril de 2009, por ejemplo, anunciaba en sus
titulares que una jauría de perros vagos había atacado al ganado en una granja
en Ancud. En la nota, sin embargo, se decía que los perros tenían dueño. Parece
que la lógica del autor es que los perros que atacan son por definición vagos.
Imbatible absurdo.
Tengo otro ejemplo de esta obstinación. En Talca en abril de este año, según
informaba La
Prensa, el municipio adoptó una serie de medidas contra los perros vagos
"a raíz del salvaje ataque canino que sufrió una guagua". Sin
embargo, según reconoció un portavoz de la propia municipalidad, "[...] el
perro que atacó al menor tiene dueño, toda vez que pertenece a una persona del
sector, de manera que hay alguien responsable detrás de este animal que se
encontraba en la calle".
En El
Mercurio de Antofagasta del 4 de mayo se publica una rara nota en la que un
criador de perros, Cristian Pezo, enfatiza que el modo en que eduque a los
perros, independientemente de su raza, es un factor determinante de su conducta
ulterior y nivel de agresividad. Según
Pezo, "la crianza del perro lo hace peligroso, porque hasta un poodle
puede ser tanto o más dañino que un pitbull".
También llama Pezo la atención sobre ciertos aspectos de la sociología de los
perros, destacando en especial las relaciones de subordinación entre los perros
y la importancia del entorno sociológico, del espacio y del tipo de relación
que tiene con los humanos. Los perros,
como otras mascotas, tienen también historia, y gran parte de su conducta
dependerá del modo en que se ha relacionado y relaciona con el grupo humano con
el que vive, las funciones que se le asigne en el seno de la familia y sus
relaciones con otros animales. Demuestra ignorancia y mala fe querer reducirlos
a un amasijo de nervios e instintos. Son mucho más que eso.
Notas
1 El primer caso de una persona
condenada a pena de prisión por maltrato animal ocurrió en Coquimbo, en enero
de este año. Carlos Alfredo Briceño Toro mató a balazos al perro de su vecina.
Fue procesado y condenado a 41 días de prisión, más 61 días por porte ilegal de
arma de fuego y la suspensión de cargo público durante el tiempo de la condena.
De ser procesada, doña María corre el riesgo de recibir una pena similar. La
nota está en perros.wordpress.com
2 Similarmente, hace poco se quejaba el vicepresidente del Colegio Médico
Veterinario de Chile, Fernando Álvarez, de que en Chile "usted no puede tocar a un perro vago",
poniendo en cuestión o rechazando, como el vicedecano González, los programas
de esterilización y adopción (en La
Nación).
3 El autor de la nota periodística
parece tener la estrambótica idea de que cuando se dice perros con rabia, se
quiere decir perros enrabiados o furiosos. Escribe en la nota que el
programa del gobierno regional es impedir que "las personas sigan siendo
mordidas por la rabia [sic] de perros sin dueño".
[mérici]



















Que culpa tiene el pobre perrito
Que horror lo que sucedio , digo por ambas muertes .. que culpa tiene el perrito de vivir estresado todo el tiempo ? , la culpa es netamente de quienes tienen esta raza de animales y no se preocupan de tenerlos bien .
Por lo que lei en el diario citaba que la dueña ( quien cuidaba los perritos ) fue la que apuñalo a uno de los perros para que soltara al señor , sobre los medios escritos .... SIN COMENTARIOS .. ES DE ESPERAR QUE TENGAN TANTOS ERRORES .
excelente articulo .
saludos .