Comentarista Urbano

El Mobbing que ejercen las empresas de cobranzas.

Mucho se habla hoy en día del Mobbing Laboral o acoso psicológico o moral en el trabajo, pero nadie habla del Mobbing que ejercen las empresas de cobranzas, cuando las personas quedan cesantes o desempleados, para conocer un poco mas de lo que es el Mobbing.

Es un término inglés Mobbing, es tanto la acción conducente a producir miedo o terror del afectado hacia su lugar de trabajo o domicilio, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.
Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a través de actos negativos en el trabajo de sus compañeros, subalternos (vertical ascendente) o superiores (vertical descendente o el tradicional bossing), de forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado como meses e incluso años. Pretenden hostigar, intimidar, o perturbar hasta el abandono del trabajo de la víctima o víctimas. En un segunda fase de "Mobbing" o de estigmatización el acosador pone en práctica toda estrategia de hostigamiento en su víctima, utilizando una serie de comportamientos perversos cuya finalidad es la de ridiculizar y apartar socialmente a la víctima.

Las empresas de cobranzas ejercen un Mobbing realmente desquiciado y este ejercicio se viene repitiendo constantemente en nuestra sociedad, llegando a conocer de casos o personas que han tomado la decisión del terminar con su vida. Todas estas presiones son ejercidas por el mandante de las blancas palomas con números azules en el mercado accionario, es decir bancos, grandes tiendas, cadenas de retail, etc., aquí nadie dice nada, este acoso tiene a dos millones de personas en vilo, solo basta de ver las cifras de deudores y cesantes que existen hoy en Chile, que figuran en la cámara de comercio o Dicom, es mas las cifras pueden ser mayores.

 

Quien no le ha tocado recibir un llamado telefónico o recibido una carta o ciertas amenazas de cobradores con avisos de embargo, si muchas de estas personas no pueden trabajar por figurar en Dicom, después no se les acepta pagar el mínimo mes a mes, para ir dejando un abono a dicha deuda, las empresas se niegan a recibir dicho monto por considerarlo una burla, pero si esa persona con gran esfuerzo trata de cumplir con sus deudas. Sobre este tipo de Mobbing nadie dice nada, están todos calladitos pareciera que los medios y nuestros parlamentarios, fueran parte de su planilla de trabajadores de las empresas mandantes para ejercer dicho Mobbing y muchos de los empresarios se creen católicos practicantes y asistentes a la primera misa matinal de cada domingo, quien lo diría semejante mentira.

Pablo Ramírez Torrejón

Publicidad por Bligoo.com
Fernando
dijo :

con tal de llenarse los bolsillos con dinero las personas de hoy que carecen de escrupulos y de neuronas que les ayuden a imaginarse la situacion en que estan los pobres deudores, y mas de alguno de nosotros conoce a alguien que está en esta situacion, y mas encima el problema se agranda ya que si la persona no puede abonar la cantidad pedida, los intereses pueden llegar facilmente a un 300% de la deuda original, como otro modo de presion.

...como si la felicidad estuviera en el dinero... se olvidan que la verdadera felicidad está en la riqueza de nuestro interior y que nadie nos puede quitar.

20/07/2007 a las 12:45
Pedro Huichalaf Roa
dijo :

Legalmente el "Mobbing" es una práctica que se encuentra regularizada y sancionada en la LEY Nº 19.496 sobre protección de los derechos del consumidor.

 Así el artículo 37 inciso 4º señala:
"Las actuaciones de cobranza no podrán considerar el envío al consumidor de documentos que aparenten ser escritos judiciales; comunicaciones a terceros ajenos a la obligación en las que se dé cuenta de la morosidad; visitas o llamados telefónicos a la morada del deudor durante días y horas que no sean los que declara hábiles el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, y, en general, conductas que afecten la privacidad del hogar, la convivencia normal de sus miembros ni la situación laboral del deudor."

Esto quiere decir que si se ve afectado por situaciones distintas a las antes señaladas, el consumidor puede recurrir al SERNAC (a pesar de ser deudor) y/o interponer una demanda por infracción a la ley del consumidor ante el juzgado de policía local competente. Y si la molestia o el acoso es mucho, incluso se puede exigir el pago de indemnización de perjuicios por daño moral (debe acreditarse).

 

En la corporación de asistencia judicial donde estoy trabajando ahora, siempre atendemos a personas que por tener deudas , son intimidadas por este tipo de empresas de cobranza, quienes incluso amenazan diciendo que les quitarán todos los bienes, por ej la vivienda y terminarán en la calle.

20/07/2007 a las 14:38
Comentarios de este artículo en RSS

MENSAJE_LEGAL_ATINA_CHILE.jpg

{container-17}