-
He recibido algunos mensajes personales sugiriendo que lo suba como Post, pues
la entrevista a Aucán podía perder actualidad, y el tema de los derechos
del pueblo mapuche es permanente.
-
Por considerarlo de interés y debido a la gran desinformación que existe en
nuestro país sobre este tema, he querido publicar el siguiente extracto,
parcial, de la ponencia de Cristina Medina Pichicona, en el Instituto de
Derechos Humanos Bartolomé de las Casas, de la Universidad Carlos
II, de Madrid, dentro de su postulación a la Maestría en Derechos
Fundamentales, en el año 2004.
De la Conquista
Desde el primer contacto con los españoles, en
1541, se inicia la guerra con los mapuches.
En 1546, el conquistador Pedro de Valdivia emprende
la primera campaña militar al territorio del Meli Wixan Mapu (2) (territorio
histórico de Pueblo Mapuche).
Después de reiteradas batallas, en 1550, llegan al
corazón de territorio Mapuche (cruzan el río Bío-Bío).
Esto provocó el primer levantamiento general de los
mapuches, al mando de Lautaro, quienes queman todas las ciudades y fuertes al
sur del Bío-Bío.
En la batalla de Andalién, en 1553, Pedro de
Valdivia es tomado prisionero, es enjuiciado y ejecutado el 1 de Enero de 1554.
La
Corona volvió a destinar un contingente para la conquista
del territorio mapuche, campaña que tampoco tuvo éxito.
En 1598 se vuelve a producir otro levantamiento que
culminó con la victoria de Curalaba, donde se da muerte a otro Gobernador,
Martín García Oñez de Loyola, siendo destruidas todas las ciudades al sur del
río Bío-Bío.
Después de casi cien años de guerra, en 1641
españoles y mapuches se reúnen en el Parlamento de Kullin, donde la Corona de España les
reconoce la independencia, y los mapuches pasan a constituirse la primera y
única nación independiente reconocida por un tratado.
El Gobernador, Marqués de Baides, y el Consejo
General de Loncos del Meli Wixan Mapu, ratificaron las fronteras entre ambas
naciones (al norte y sur del río Bío-Bío).
El Rey Felipe IV, confirmó la legitimidad del
tratado, por Real Cédula del 29 de Abril de 1643.
Se realizaron otra serie de parlamentos, el último
fue el de Negrete, los días 3, 4 y 5 de Marzo 1803 entre la Nación Mapuche y la Corona Española.
El gobierno español ratificó la frontera y se
estableció un convenio comercial y de defensa recíproca.
De la República
Chile logra su independencia en 1810.
El 1 de enero de 1823, en el Parlamento de Tapiwe,
los representantes y emisarios del Gobierno de Chile, ratificaron el
reconocimiento de las fronteras y de la soberanía mapuche.
A fines del s. XVIII y parte de XIX , la Nación Mapuche se
había convertido en una sociedad ganadera y textil que comercializaba sus
productos en Chile y Argentina, obteniendo tal cantidad de monedas de plata,
como producto del comercio, que comenzaron a fabricar joyas con éstas, debido a
que no estaba dentro de su mentalidad la acumulación del dinero.
En 1853 se inicia el hostigamiento, con la
finalidad de integrar el territorio mapuche al Estado de Chile y apoderarse de
los recursos que estos poseían.
En 1860 ingresa el ejército al territorio mapuche,
produciéndose una serie de enfrentamientos, con bajas de ambas partes.
En 1871 el ejército chileno modernizó su armamento
de guerra, cambiando la estrategia de combate, lo que sorprendió a los lanceros
del Ejercito Mapuche.
Durante los siguientes años hubo períodos de paz y
de guerra, hasta que en 1881, el Presidente Aníbal Pinto envía soldados bien
equipados.
Los mapuches decidieron terminar con las pequeñas
negociaciones y tratados de paz no respetados por el gobierno de Chile, y se
lanzaron a una de las batallas más sangrientas.
Destruyeron todos los fuertes y pequeñas aldeas que
habían construido el ejército y los colonos.
A su vez, el ejército fundaba ciudades, llevaba con
ellos el telégrafo, y comenzaría a trazar las líneas férreas.
El 10 de noviembre de 1881, más de 400 mapuches,
entre muertos y heridos, yacían en los campos del fuerte de Temuco.
Los mapuches habían perdido la guerra.
En 1883, con la fundación de Villarrica, terminó la
ocupación del Territorio Mapuche: el Meli Wixan Mapu se anexaba al Estado
Chileno.
Desde ese momento el Pueblo Mapuche pierde su
independencia y todo su territorio, el Estado Nacional Chileno se instaura con
sus leyes y remata las tierras mapuches a Colonos europeos (Alemanes,
Holandeses, Suizos), a quienes además les regala una serie de maquinarias para
su productividad.
La constitución de reducciones o proceso de
radicación, se llevó a cabo entre 1884 y 1930.
Según datos oficiales, de 9 millones de hectáreas
-comprendidas entre en Bío-Bío y Llanquihue- sólo 5,5 quedó en nuestras
manos(3).
Con este proceso, los mapuches son divididos entre
los diferentes lof (comunidades) para evitar cualquier tipo de organización.
En cada ciudad se instala un regimiento e iglesias
para que los mapuches fueran cristianizados, se les prohíbe hablar su idioma y
practicar su cultura y su religión, dejándolos en la más absoluta pobreza.
Desde la derrota y durante toda la republica (1902 a 1973), los mapuches
trataron de organizarse.
A los hijos de los grandes Loncos, el Gobierno les
tuvo cierta consideración, pues sabía que, dejándolos en las comunidades
podrían lograr que se sublevaran, por lo que los enviaron a estudiar a los
colegios de Santiago y Argentina, y son ellos quienes posteriormente demandan
mejoras para su pueblo.
Algunos de ellos logran cargos políticos como los
diputados Francisco Melivilo, Manuel Manquilef, Arturo Huenchullan, Venancio
Coñoepan.
En 1981, en plena dictadura, se realiza un gran
Nguillatún (ceremonia) mapuche en el Cerro Conunhueno (Temuco), por el
Centenario del Gran Levantamiento General de 1881.
Aquí se fortalece el pueblo mapuche e inicia la
lucha por su territorio y su proyección como pueblo.
De la Transición Democrática
Desde 1989 hasta 2004 el Pueblo Mapuche, se ha
trasformado en uno de los movimientos de presión más fuertes en Chile, debido a
diversos factores, como el no cumplimiento del Pacto de Nueva Imperial entre
los mapuches y los partidos políticos de la Concertación, en cuya
ocasión el pueblo mapuche se comprometió a apoyar el Candidato a la Presidencia Patricio
Aylwin, a cambio del reconocimiento constitucional, una ley indígena y la
ratificación del convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independiente de la OIT.
De las tres promesas, a la fecha solo se ha
cumplido con la Ley
Indígena Nº 19.253 del 05.10.1993, ley integracionista, que
no responde a las demandas indígenas, y que ha provocado más descontento en
ellos.
Mientras tanto, gran parte del Pueblo Mapuche
demanda el derecho y ejercicio de libre determinación y para lograr así una
autonomía territorial.
Este derecho se ha comenzado a ejercer en las
comunidades, a través del proceso de recuperación del territorio.
El gobierno hasta el momento no ha podido controlar
la situación, pese a que ha creado una serie de instancias como la Comisión de Verdad
Histórica y Nuevo Trato(4).
Por otra parte, los tribunales procesan y condenan
a dirigentes mapuches acusados de usurpación de tierras, asociación ilícita y
conducta terrorista, por aplicación de la Ley Antiterrorista.
El Pueblo Mapuche conoce su historia y sabe que fue
una nación soberana, que firmó una serie de tratados tanto con la Corona Española
como con el Gobierno de Chile, sabe que su territorio le pertenece y que fueron
usurpados en forma ilegal por parte del Estado de chileno a través sus
diferentes gobiernos.
Existe toda una jerarquía institucional dentro del
Pueblo Mapuche, encargada de transmitir la historia verdadera de generación a
generación.
Hoy el Pueblo Mapuche reconoce el avance y
posicionamiento de los derechos colectivos en el ámbito de los derechos humanos
yen el concierto internacional.
Participa activamente, a través de sus
representantes, en las distintas instancias internacionales, como conferencias,
foros, sesiones y en los grupos de trabajo de los proyectos de declaración de
los pueblos indígenas de ONU y OEA.
Reflejo de esta participación internacional es
Informe E/CN.4/2004/80/Add.3, que emitió el Relator Especial Sr. Rodolfo Stavenhagen
sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de
los indígenas en Chile, informe que es muy favorable a los pueblos indígenas.
Conclusión
Los pueblos indígenas tienen una concepción de
persona individual y colectiva.
Los derechos colectivos, en particular el derecho a
la libre determinación de pueblos indígenas, está siendo discutido a nivel
internacional y están siendo reconocidos en el Proyecto de Declaración sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Los pueblos indígenas son beneficiarios de derechos
colectivos, que son indispensables para su continuada existencia, bienestar y
desarrollo como pueblos, y para el goce de los derechos individuales de sus
miembros, por lo que son considerados derechos humanos.
Así, los Estados deberían garantizar el derecho de
los pueblos indígenas a su actuar colectivo; a su organización social, política
y económica; a sus sistemas jurídicos; a sus propias culturas; a profesar y
practicar sus creencias espirituales; a usar sus lenguas, y a administrar sus
territorios y recursos naturales.
El Pueblo Nación Mapuche, fue una nación soberana e
independiente que hoy revindica el derecho a la libre determinación como forma
lograr su autonomía política y territorial.
Y como primer paso para hacer efectivo este
derecho, inicia el proceso de recuperación de territorio que tradicional e
históricamente han sido reconocidos en tratados internacionales, fortalece su
idioma (mapudugún), sus juegos deportivos (palin), sus ceremonias religiosas
(Nguillatún, Machitún), su estructura política (Eidol Loncos, Loncos Werkenes,
Weupifes, Lof, Ayllarrehues y otros), leyes (ad-mapu), medicinas (lawen) y todo
lo que significa su cultura y su cosmovisión.
Bengoa, José 2000 Historia de pueblos mapuche siglo
XIX y XX, 6ª ediciones, 3 vols Santiago de Chile: LOM.
Coña, Pascual 2000 Lonco Pascual, Coña ñi
taculpazungun. Testimonio de un cacique mapuche, 6ª edición Santiago de Chile.
Pehuén Foerter, Rodolfo y Sonia Montecino 1988
Organizaciones, Líderes y Contienda Mapuche(1900-1970) Santiago de Chile.
CEM 2003 Informe de la Comisión Histórica
y Nuevo Trato. Santiago de Chile (Web Fondo Indígena)
Isabel Hernández 2000 Autonomía o Ciudadanía
Incompleta: El PuebloMapuche en Chile y Argentina. Pehuen. CEPAL Santiago de
Chile.
El Mundo Indígena 2002-2003 IWGIA Copenhague,
Dinamarca
Mariño Fernando Oliva Daniel 2004 Avance en la
protección de los derechos indígenas, Editorial DYKINSON. Madrid.
ONU Consejo Económico y Social. Comisión de
Derechos Humanos 60º Periodo de sesión. E/CN.4/2004/80/Add.3.
ONU Consejo Económico y Social. Tratados y
Convenciones. (Web ONU).
Pablo, Neruda 2003 Canto General Barcelona
Ediciones Hernán Loyola. Boletín IFP| Mundo Indígena
Según
la RAE, la misión
de los Cicerone es mostrar las curiosidades a los curiosos.
Al
comienzo de Chile independiente, las leyes no se numeraban; ello empezó muchos
años después, al inicio de la República Parlamentaria,
después del derrocamiento y suicidio de Balmaceda, bajo la presidencia del
Almirante Jorge Montt.
Actualmente
vamos en la ley Nº 20.000 y algo más.
¿Saben
ustedes cual fue la materia que abordó la Ley Nº 1?
El
artículo 1º de dicha ley tuvo por objeto prorrogar por 10 años la
interdicción de los mapuches, prohibiéndoles enajenar sus tierras, que se
había establecido por el artículo 6º de la Ley de 4 de Agosto de 1874, la que ya había sido
ampliada en el artículo 1º, inciso 1º de la Ley de 20 de Enero de 1883, dizque para
protegerlos de los eventuales abusos de los huincas (LADRONES).
En
su Artículo 2º, se hace extensiva esta prohibición a las provincias de
Valdivia, Llanquihue, Chiloé y al territorio de Magallanes.
Muchos
creemos que la celebración de un contrato de compraventa de bienes raíces
transfiere el dominio, pero no es así, sino que establece las
obligaciones correlativas del comprador, de pagar el precio, y del vendedor, de
efectuar la TRADICIÓN
de la cosa.
La
única manera de transferir, en Chile, el dominio (uso, goce y disposición), no
es, como suponemos los no letrados, la venta, la donación, la
prescripción o la herencia, sino la TRADICIÓN.
En
el caso de los bienes muebles, la tradición consiste en la ENTREGA, MATERIAL O
SIMBÓLICA DE LA COSA.
En
el caso de los bienes raíces, la tradición consiste en la INSCRIPCIÓN EN EL
CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES.
La
cultura mapuche no contempla la propiedad individual, sino comunitaria.
Cualquier
bien raíz, cuyo dueño sea hoy una persona no mapuche, o una empresa forestal,
agrícola o simplemente inmobiliaria, tiene sus títulos originales
viciados, después de una guerra de ocupación, que hasta hoy, se enseña en
nuestros colegios bajo el eufemismo de la "Pacificación de la Araucanía".
Las
Ex colonias españolas fijaron originalmente sus límites por el llamado UTI
POSEDETIS, es decir mantuvieron los límites asignados por el Rey de España.
La Capitanía General de Chile no tenía derechos al sur
del Bío Bío, pues limitaba con la Nación Mapuche, hecho reconocido por tratados
"vigentes" entre el Reino de España y la Nación Mapuche, que
Aucán conoce muy bien, y usa en los foros internacionales.
Según
uno de esos tratados, los crímenes y delitos cometidos por los mapuches al
norte del Bíobío, eran juzgados por la Real Audiencia, y
los cometidos por españoles al sur de dicho río, por la nación mapuche.
La ONU acaba de aprobar el reconocimiento
al derecho a la autodeterminación de los pueblos originarios, lo que otorga
mayores argumentos, ahora de derecho internacional, a la nación mapuche.
Algunos
parlamentarios pretenden ratificar "parcialmente" dicho tratado,
suscrito y ratificado por Chile, lo que altera los derechos de los pueblos
originarios, en su esencia.
CICERONE
P.D.
Algunos Links aportados por Claudia Poveda sobre el mismo tema:
- Supongo que muchos vimos la interpelación del diputado Monckeberg al Ministro Secretario General de Gobierno Francisco Vidal Salinas, Profesor de Estado en Historia de Chile, y ex candidato a Magíster en dicha área.
- Más allá de la farándula, nos enteramos que, para obtener el grado de Magíster en Historia, del cual ha sido eliminado, debe realizar nuevamente su tesis.
Para que la tesis realmente tenga una utilidad para el país, y no solamente para validar su currículum, quiero sugerirle, respetuosamente, como tema de la misma, la historia de la legislación chilena sobre las tierras mapuches.
Como bibliografía inicial, le aporto la Ley Nº 1, promulgada por el Ex Presidente Jorge Montt, a la que me referí en mi último artículo,
Identificación Norma: LEY Nº 1; Fecha Publicación: 11.01.1893; Fecha Promulgación: 11.01.1893 Organismo: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CULTO Y COLONIZACION; Estado: ORIGINAL
Santiago, 11 de Enero de 1893.- Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY:
Art. 1.º Prorrógase por diez años, contados desde el 20 de Enero de 1893, la prohibición de adquirir terrenos de indígenas, hecha á los particulares en el artículo 6.º de la ley de 4 de Agosto de 1874, ampliada en el artículo 1.º, inciso 1.º, de la ley de 20 de Enero de 1883.
Art. 2.º Se hacen extensivas á las provincias de Valdivia, Llanquihue y Chiloé y al territorio de Magallanes todas las prohibiciones sobre terrenos de indígenas contenidas en el inciso 1.º del artículo 6.º de la ley de 4 de Agosto de 1874 y en el artículo 1.º de la ley de 20 de Enero de 1883.
Se prohibe á los notarios extender escritura alguna de venta, hipoteca, anticresis, arriendo ó cualquiera otro contrato en virtud del cual se prive directa ó indirectamente á los indígenas del dominio, posesión ó tenencia del terreno que ocupan.
Art. 3.º Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido á bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto en todas sus partes como ley de
la República.-
JORGE MONTT.- Isidoro Errázuriz.
Creo que, además, le sería de gran utilidad, en su rol de vocero, cuando se le consulte sobre la posición del gobierno sobre las reivindicaciones del pueblo mapuche, las que, seguramente, seguirán siendo materia de debate, por el resto del período presidencial.
La anacrónica moda de las interpelaciones, propia de los regímenes parlamentarios, en que el gabinete no depende de la voluntad del Jefe de Estado, fue aprobada en Chile como fruto de una transacción con la Alianza, para obtener sus votos en otras materias que le interesaban a la Concertación, pese a su absoluta inutilidad en un régimen PRESIDENCIAL, como el nuestro.
Como caso curioso, la República Parlamentaria, que duró hasta la promulgación de la Constitución de 1925, se inició en Chile con la presidencia, precisamente, del Almirante Jorge Montt Álvarez, en 1981, después del derrocamiento y suicidio del Presidente Balmaceda.
CICERONE
P.S. He solicitado a la Biblioteca del Congreso Nacional la legislación anterior, a la que alude el Art. 1º de la Ley Nº 1.
Una vez que reciba la información, la subiré a la página.
Don Cicerone por subir esta información sobre el pueblo Mapuche y las bases históricas y legítimas de su reivindicación...
Aunque, como es de esperarse, muchos preferirán no ver las cosas desde otra perspectiva que no sea la que les "enseñaron" en los colegios o escuelas y con ello seguirán perpetuando los errores y abusos cometidos contra un pueblo libre y soberano de parte del Estado de Chile, cada vez son más quienes comienzan a tomar conciencia de la verdadera situación y los derechos de este pueblo...
Autodeterminación y libertad... Nación Mapuche!!!!!
Mis saludos y gratitud por esta luz de conocimiento entre tanta tiniebla interesada...
Notoriamente queda claro que son una nación libre y soberana que fue invadida y conquistada como tantas otras naciones que lo han hecho, las que luchan hasta que llega el momento de su independencia...
Valoro mucho su post CICERONE ya que tal como a mi tocayo, ha venido a presentar luz también para mí...
Imagino que la creación de un Gobierno autónomo al sur del Bio-Bio con relaciones con el Estado de Chile sería inmensamente productivo y descentralizador y tendría efectos enormes en la calidad de vida de la gente evitando la migración y su costo social y económico para todos...
Yo siempre he admirado su valor y organización para levantarse contra los invasores españoles y como los mantuvieron a raya en el Bio-Bio por siglos...
Lamentable que el Estado Chileno al mejorar sus armas los pudiese conquistar, ya que siendo soberanos, el Estado de Chile a mano de quienes tomaban decisiones no fueron más que otros españoles modernos con ansia de poder y de conquista que llevan su sangre sobre ellos...
No creo que ellos sean nuestros, sino que son de sí mismos y por ello siguen luchando y creo que con muy justa razón lo hacen...
- Salud, compañeros(as) de un mismo ideal.
- Este Post lo subí, primitivamente como un comentario ala Entrevista a Aucán Huilcamán en La Opiñón.
- He recibido algunos mensajes personales sugiriendo que lo suba como Post, pues la entrevista a Aucán podía perder actualidad, y el tema de los derechos del pueblo mapuche es permanente.
- Por considerarlo de interés y debido a la gran desinformación que existe en nuestro país sobre este tema, he querido publicar el siguiente extracto, parcial, de la ponencia de Cristina Medina Pichicona, en el Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas, dela Universidad Carlos
II, de Madrid, dentro de su postulación a la Maestría en Derechos
Fundamentales, en el año 2004.
Dela Conquista
Desde el primer contacto con los españoles, en 1541, se inicia la guerra con los mapuches.
En 1546, el conquistador Pedro de Valdivia emprende la primera campaña militar al territorio del Meli Wixan Mapu (2) (territorio histórico de Pueblo Mapuche).
Después de reiteradas batallas, en 1550, llegan al corazón de territorio Mapuche (cruzan el río Bío-Bío).
Esto provocó el primer levantamiento general de los mapuches, al mando de Lautaro, quienes queman todas las ciudades y fuertes al sur del Bío-Bío.
En la batalla de Andalién, en 1553, Pedro de Valdivia es tomado prisionero, es enjuiciado y ejecutado el 1 de Enero de 1554.
En 1598 se vuelve a producir otro levantamiento que culminó con la victoria de Curalaba, donde se da muerte a otro Gobernador, Martín García Oñez de Loyola, siendo destruidas todas las ciudades al sur del río Bío-Bío.
Después de casi cien años de guerra, en 1641 españoles y mapuches se reúnen en el Parlamento de Kullin, dondela Corona de España les
reconoce la independencia, y los mapuches pasan a constituirse la primera y
única nación independiente reconocida por un tratado.
El Gobernador, Marqués de Baides, y el Consejo General de Loncos del Meli Wixan Mapu, ratificaron las fronteras entre ambas naciones (al norte y sur del río Bío-Bío).
El Rey Felipe IV, confirmó la legitimidad del tratado, por Real Cédula del 29 de Abril de 1643.
Se realizaron otra serie de parlamentos, el último fue el de Negrete, los días 3, 4 y 5 de Marzo 1803 entrela Nación Mapuche y la Corona Española.
El gobierno español ratificó la frontera y se estableció un convenio comercial y de defensa recíproca.
Dela República
Chile logra su independencia en 1810.
El 1 de enero de 1823, en el Parlamento de Tapiwe, los representantes y emisarios del Gobierno de Chile, ratificaron el reconocimiento de las fronteras y de la soberanía mapuche.
A fines del s. XVIII y parte de XIX ,la Nación Mapuche se
había convertido en una sociedad ganadera y textil que comercializaba sus
productos en Chile y Argentina, obteniendo tal cantidad de monedas de plata,
como producto del comercio, que comenzaron a fabricar joyas con éstas, debido a
que no estaba dentro de su mentalidad la acumulación del dinero.
En 1853 se inicia el hostigamiento, con la finalidad de integrar el territorio mapuche al Estado de Chile y apoderarse de los recursos que estos poseían.
En 1860 ingresa el ejército al territorio mapuche, produciéndose una serie de enfrentamientos, con bajas de ambas partes.
En 1871 el ejército chileno modernizó su armamento de guerra, cambiando la estrategia de combate, lo que sorprendió a los lanceros del Ejercito Mapuche.
Durante los siguientes años hubo períodos de paz y de guerra, hasta que en 1881, el Presidente Aníbal Pinto envía soldados bien equipados.
Los mapuches decidieron terminar con las pequeñas negociaciones y tratados de paz no respetados por el gobierno de Chile, y se lanzaron a una de las batallas más sangrientas.
Destruyeron todos los fuertes y pequeñas aldeas que habían construido el ejército y los colonos.
A su vez, el ejército fundaba ciudades, llevaba con ellos el telégrafo, y comenzaría a trazar las líneas férreas.
El 10 de noviembre de 1881, más de 400 mapuches, entre muertos y heridos, yacían en los campos del fuerte de Temuco.
Los mapuches habían perdido la guerra.
En 1883, con la fundación de Villarrica, terminó la ocupación del Territorio Mapuche: el Meli Wixan Mapu se anexaba al Estado Chileno.
Desde ese momento el Pueblo Mapuche pierde su independencia y todo su territorio, el Estado Nacional Chileno se instaura con sus leyes y remata las tierras mapuches a Colonos europeos (Alemanes, Holandeses, Suizos), a quienes además les regala una serie de maquinarias para su productividad.
La constitución de reducciones o proceso de radicación, se llevó a cabo entre 1884 y 1930.
Según datos oficiales, de 9 millones de hectáreas -comprendidas entre en Bío-Bío y Llanquihue- sólo 5,5 quedó en nuestras manos(3).
Con este proceso, los mapuches son divididos entre los diferentes lof (comunidades) para evitar cualquier tipo de organización.
En cada ciudad se instala un regimiento e iglesias para que los mapuches fueran cristianizados, se les prohíbe hablar su idioma y practicar su cultura y su religión, dejándolos en la más absoluta pobreza.
Desde la derrota y durante toda la republica (1902 a 1973), los mapuches
trataron de organizarse.
A los hijos de los grandes Loncos, el Gobierno les tuvo cierta consideración, pues sabía que, dejándolos en las comunidades podrían lograr que se sublevaran, por lo que los enviaron a estudiar a los colegios de Santiago y Argentina, y son ellos quienes posteriormente demandan mejoras para su pueblo.
Algunos de ellos logran cargos políticos como los diputados Francisco Melivilo, Manuel Manquilef, Arturo Huenchullan, Venancio Coñoepan.
En 1981, en plena dictadura, se realiza un gran Nguillatún (ceremonia) mapuche en el Cerro Conunhueno (Temuco), por el Centenario del Gran Levantamiento General de 1881.
Aquí se fortalece el pueblo mapuche e inicia la lucha por su territorio y su proyección como pueblo.
Dela Transición Democrática
Desde 1989 hasta 2004 el Pueblo Mapuche, se ha trasformado en uno de los movimientos de presión más fuertes en Chile, debido a diversos factores, como el no cumplimiento del Pacto de Nueva Imperial entre los mapuches y los partidos políticos dela Concertación , en cuya
ocasión el pueblo mapuche se comprometió a apoyar el Candidato a la Presidencia Patricio
Aylwin, a cambio del reconocimiento constitucional, una ley indígena y la
ratificación del convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independiente de la OIT.
De las tres promesas, a la fecha solo se ha cumplido conla Ley
Indígena Nº 19.253 del 05.10.1993, ley integracionista, que
no responde a las demandas indígenas, y que ha provocado más descontento en
ellos.
Mientras tanto, gran parte del Pueblo Mapuche demanda el derecho y ejercicio de libre determinación y para lograr así una autonomía territorial.
Este derecho se ha comenzado a ejercer en las comunidades, a través del proceso de recuperación del territorio.
El gobierno hasta el momento no ha podido controlar la situación, pese a que ha creado una serie de instancias comola Comisión de Verdad
Histórica y Nuevo Trato(4).
Por otra parte, los tribunales procesan y condenan a dirigentes mapuches acusados de usurpación de tierras, asociación ilícita y conducta terrorista, por aplicación dela Ley Antiterrorista.
El Pueblo Mapuche conoce su historia y sabe que fue una nación soberana, que firmó una serie de tratados tanto conla Corona Española
como con el Gobierno de Chile, sabe que su territorio le pertenece y que fueron
usurpados en forma ilegal por parte del Estado de chileno a través sus
diferentes gobiernos.
Existe toda una jerarquía institucional dentro del Pueblo Mapuche, encargada de transmitir la historia verdadera de generación a generación.
Hoy el Pueblo Mapuche reconoce el avance y posicionamiento de los derechos colectivos en el ámbito de los derechos humanos yen el concierto internacional.
Participa activamente, a través de sus representantes, en las distintas instancias internacionales, como conferencias, foros, sesiones y en los grupos de trabajo de los proyectos de declaración de los pueblos indígenas de ONU y OEA.
Reflejo de esta participación internacional es Informe E/CN.4/2004/80/Add.3, que emitió el Relator Especial Sr. Rodolfo Stavenhagen sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas en Chile, informe que es muy favorable a los pueblos indígenas.
Conclusión
Los pueblos indígenas tienen una concepción de persona individual y colectiva.
Los derechos colectivos, en particular el derecho a la libre determinación de pueblos indígenas, está siendo discutido a nivel internacional y están siendo reconocidos en el Proyecto de Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Los pueblos indígenas son beneficiarios de derechos colectivos, que son indispensables para su continuada existencia, bienestar y desarrollo como pueblos, y para el goce de los derechos individuales de sus miembros, por lo que son considerados derechos humanos.
Así, los Estados deberían garantizar el derecho de los pueblos indígenas a su actuar colectivo; a su organización social, política y económica; a sus sistemas jurídicos; a sus propias culturas; a profesar y practicar sus creencias espirituales; a usar sus lenguas, y a administrar sus territorios y recursos naturales.
El Pueblo Nación Mapuche, fue una nación soberana e independiente que hoy revindica el derecho a la libre determinación como forma lograr su autonomía política y territorial.
Y como primer paso para hacer efectivo este derecho, inicia el proceso de recuperación de territorio que tradicional e históricamente han sido reconocidos en tratados internacionales, fortalece su idioma (mapudugún), sus juegos deportivos (palin), sus ceremonias religiosas (Nguillatún, Machitún), su estructura política (Eidol Loncos, Loncos Werkenes, Weupifes, Lof, Ayllarrehues y otros), leyes (ad-mapu), medicinas (lawen) y todo lo que significa su cultura y su cosmovisión.
Notas Explicativas
(1)¿Hay Derechos Colectivos? López Calera Nicolás. Ed. Ariel 2000 Pág. 63
(2)Meli Wuixan Mapu= Reunión de las cuatros tierras.
(3)Morales,Roberto Municipios y Participación (o exclusión) Mapuche. Temuco. Instituto de Estudios Indígenas- UFRO. Pag. 55.
(4)Comisión creada por Decreto Supremo Nº 112. Mideplan, Mayo de 1999
Bibliografía:
López Calera, Nicolás 2000, ¿Hay derechos colectivos? Barcelona, Editorial Ariel Derecho.
Bengoa, José 2000 Historia de pueblos mapuche siglo XIX y XX, 6ª ediciones, 3 vols Santiago de Chile: LOM.
Coña, Pascual 2000 Lonco Pascual, Coña ñi taculpazungun. Testimonio de un cacique mapuche, 6ª edición Santiago de Chile.
Pehuén Foerter, Rodolfo y Sonia Montecino 1988 Organizaciones, Líderes y Contienda Mapuche(1900-1970) Santiago de Chile.
CEM 2003 Informe dela Comisión Histórica
y Nuevo Trato. Santiago de Chile (Web Fondo Indígena)
Isabel Hernández 2000 Autonomía o Ciudadanía Incompleta: El PuebloMapuche en Chile y Argentina. Pehuen. CEPAL Santiago de Chile.
El Mundo Indígena 2002-2003 IWGIA Copenhague, Dinamarca
Mariño Fernando Oliva Daniel 2004 Avance en la protección de los derechos indígenas, Editorial DYKINSON. Madrid.
ONU Consejo Económico y Social. Comisión de Derechos Humanos 60º Periodo de sesión. E/CN.4/2004/80/Add.3.
ONU Consejo Económico y Social. Tratados y Convenciones. (Web ONU).
Pablo, Neruda 2003 Canto General Barcelona Ediciones Hernán Loyola. Boletín IFP| Mundo Indígena
Segúnla RAE , la misión
de los Cicerone es mostrar las curiosidades a los curiosos.
Al comienzo de Chile independiente, las leyes no se numeraban; ello empezó muchos años después, al inicio dela República Parlamentaria ,
después del derrocamiento y suicidio de Balmaceda, bajo la presidencia del
Almirante Jorge Montt.
Actualmente vamos en la ley Nº 20.000 y algo más.
¿Saben ustedes cual fue la materia que abordóla Ley N º 1?
El artículo 1º de dicha ley tuvo por objeto prorrogar por 10 años la interdicción de los mapuches, prohibiéndoles enajenar sus tierras, que se había establecido por el artículo 6º dela Ley de 4 de Agosto de 1874, la que ya había sido
ampliada en el artículo 1º, inciso 1º de la Ley de 20 de Enero de 1883, dizque para
protegerlos de los eventuales abusos de los huincas (LADRONES).
En su Artículo 2º, se hace extensiva esta prohibición a las provincias de Valdivia, Llanquihue, Chiloé y al territorio de Magallanes.
Muchos creemos que la celebración de un contrato de compraventa de bienes raíces transfiere el dominio, pero no es así, sino que establece las obligaciones correlativas del comprador, de pagar el precio, y del vendedor, de efectuarla TRADICIÓN
de la cosa.
La única manera de transferir, en Chile, el dominio (uso, goce y disposición), no es, como suponemos los no letrados, la venta, la donación, la prescripción o la herencia, sinola TRADICIÓN.
En el caso de los bienes muebles, la tradición consiste enla ENTREGA , MATERIAL O
SIMBÓLICA DE LA COSA.
En el caso de los bienes raíces, la tradición consiste enla INSCRIPCIÓN EN EL
CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES.
La cultura mapuche no contempla la propiedad individual, sino comunitaria.
Cualquier bien raíz, cuyo dueño sea hoy una persona no mapuche, o una empresa forestal, agrícola o simplemente inmobiliaria, tiene sus títulos originales viciados, después de una guerra de ocupación, que hasta hoy, se enseña en nuestros colegios bajo el eufemismo de la "Pacificación dela Araucanía ".
Las Ex colonias españolas fijaron originalmente sus límites por el llamado UTI POSEDETIS, es decir mantuvieron los límites asignados por el Rey de España.
Según uno de esos tratados, los crímenes y delitos cometidos por los mapuches al norte del Bíobío, eran juzgados porla Real Audiencia , y
los cometidos por españoles al sur de dicho río, por la nación mapuche.
Algunos parlamentarios pretenden ratificar "parcialmente" dicho tratado, suscrito y ratificado por Chile, lo que altera los derechos de los pueblos originarios, en su esencia.
CICERONE
P.D. Algunos Links aportados por Claudia Poveda sobre el mismo tema:
http://www.nodo50.org/azkintuwe/
http://www.mapuexpress.net/
http://www.valdivianoticias.cl/
http://meli.mapuches.org/
http://www.observatorio.cl/contenidos/naveg/index.php
Etiquetas: Justicia. Política. Economía | Regiones Todo el país
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