Salud, compañeras y compañeros de un mismo ideal.
Según don Andrés Bello, eran menores adultos:
1.- Los hombres mayores de 14, y
2.- Las mujeres mayores de 12.
Parece que el padre de nuestro derecho civil sabía más fisiología de la reproducción que nuestros actuales legisladores.
Por mero sentido común, los menores no debieran asumir responsabilidades penales nunca.
Las responsabilidades "civiles" debieran recaer en sus padres, y conociendo nuestra realidad socioeconómica, en la sociedad toda.
Si los padres no son idóneos para asumir su responsabilidad formativa y educativa, ello es responsabilidad del estado, y en definitiva de la sociedad toda, pues los niños no "decidieron" venir a este mundo, y menos nacer en un país que, como decía la insigne Violeta Parra. "... en medio de la Alameda de las Delicias, Chile limita al centro de la injusticia..."
La delincuencia infantil y juvenil es preocupante, y cada día mayor, pero la solución no está en la esquizofrénica legislación represiva.
En la tipificaciòn de delitos sexuales, "aunque medie consentimiento" hemos traspasado todos los límites.
Son adultos los mayores de 18 y son menores los menores de 18.
Si un joven de 18 años y un día tiene relaciones "consentidas" con su polola de 17 años y 364 días, es delincuente, aunque la diferencia de edad sea de 2 días.
Don Ambrosio O`Higgins engendró a su hijo, BernardoO'Higgins Riquelme, con doña Isabel, cuando ella era menor de edad. Hoy un Fiscal lo acusaría de pedófilo.
El padre de la patria, además no podría ingresar como cadete a la Escuela Militar del Libertador General Bernardo O`Higgins, por 2 razones:
1.- Por no cumplir con la estatura mínima requerida (Napoleón Bonaparte tampoco)
2.- por guacho.
Unos en la idea, muchos en la acción.
Avanti, sempre avanti.
CICERONE



















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