Ivan Alberto Seisdedos CICERONE

CODELCO y Subcontratación: ¡ Nó a la Judicialización de las Decisiones Políticas !

Salud, compañeros de un mismo ideal.

Las Corte de Apelaciones de Antofagasta, Valparaíso (Rol 16975) y Rancagua (Rol 1197), con fecha 14 de Diciembre, han dictado sendas órdenes de no innovar en los Recursos de Protección deducidos por las Divisiones Chuquicamata, Ventanas y Teniente de CODELCO, en contra de la Dirección del Trabajo.

La materia en debate, la aplicación práctica de la Ley de Subcontratación, ni siquiera será interpretada por los Tribunales del Trabajo, sino por la Justicia Ordinaria, a través de recursos "extraordinarios".

Argumentos en juego:

CODELCO

La Dirección del Trabajo puede interpretar la Ley de Subcontratación y aplicar multas, pero carece de atribuciones para CREAR CONTRATOS DE TRABAJO entre la empresa y los empleados de los subcontratistas, al margen de las normas de contratación y selección del personal en uso.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

Se trata de suministros de personal para labores propias del giro de la empresa, que no pueden ser servidos a través de contratistas.

Carezco de opinión sobre quien tiene la razón y, además, aunque la tuviera, esta vale bastante poco.

Lo que sí me parece grave es que CODELCO cuenta en su Directorio con 2 Ministros de Estado, el de Hacienda y la de Minería, quienes aprobaron la acción judicial deducida.

En el fondo se trata de una decisión POLÍTICA, en que están abiertamente en desacuerdo el Ministro de Hacienda y el del Trabajo.

Las leyes no se dictan en el vacío, su fin siempre está "praeter legem", y se supone que la redacción de las normas debe ser lo suficientemente claras y explícitas, lo que no sucede en la especie.

Ya existen decenas de casos en que los tribunales han acogido reclamos en contra de la Dirección del Trabajo, por estimar que este organismo se ha excedido en sus atribuciones.

En el caso CODELCO, la superior de ambos, y la que debe "cortar el queque", en mi modesta opinión, es la Presidenta de la República, y no los tribunales de justicia.

Me parece francamente bochornoso que un tribunal tenga que dilucidar decisiones políticas propias del Gobierno de Chile.

Gane quien gane, está claro que el que pierde es el país, y los únicos que ganan, y bastante, son los abogados de CODELCO.

¿Alguien los conoce?

Si la ley está poco clara, corresponde al legislador aclararla e interpretarla con fuerza obligatoria.

Me parece muy poco serio que Michelle le quite el tambembe a la jeringa.

CICERONE

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Julio Argomedo
dijo :


CODELCO está siguiendo los mismos pasos que las empresas privadas: recurren a los Tribunales contra las atribuciones de la Dirección del Trabajo y con esto consiguen desmarcarse de la ley de subcontratación. El recurso que mencionas discute que la DT no tiene las facultades para determinar la legalidad de una relación laboral, es decir, No pretende acatar el resultado de la fiscalización de la ley de subcontratación sino que lo que se persigue es que la Corte Suprema revoque el resultado de la fiscalización laboral. Afirman que esta facultad sólo le corresponde a los Tribunales de Justicia, con esto evitan que el problema de fondo se pase por alto.

Si la Suprema determina que la Dirección del Trabajo está excediendo sus atribuciones los trabajadores estarán obligados a demandar a su empleador de manera individual, y este tipo de demandas tardan no menos de tres años, un tiempo excesivo en el que incluso el trabajador puede ser despedido.

14/12/2007 a las 19:22
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