Francisco Velasco Castillo

Acabo de darme cuenta que estoy asqueado o empecemos luego a ser proactivos

¡Hola a todos!... Me aburrí de escuchar "la Ley del sector data del año 1000 antes de Cristo", "la legislación no estipula tener un extintor clase C porque cuando se creo la regulación este tipo de extintor no exisitia" y un largo etcetera... En mi anterior blog "El Estado y el mejoramiento continúo" establecí que el Estado alcanza el nível uno del estándar CMM (Modelo de Maduración de Capacidades) y que no se hace nada para, al menos, llegar al dos... Pues bien, nosotros escogimos a Diputados y Senadores, los cuales nos engrupen con la expresión "estoy aquí por el Servicio Público"... pues bien, hagan un servicio público... ¿porque no establecen comisiones de alto nivel que revisen TODAS las Leyes y regulaciones y recomienden al Presidente de la República las modificaciones necesarias para actualizarlas y sean nuevamente revisadas cada cinco o diez años? es un trabajo titánico, pero mientras antes empecemos entre terminaremos... Me aburrí...
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Ivan Alberto Seisdedos CICERONE
dijo : :) ;) :jawdrop: Una amiga mía, flamante egresada de Derecho en la UNAP me contó que quería hacer su tésis para graduarse de Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, sobre el tema "Disposiciones legales chilenas que no se cumplen y no se hacen cumplir por la autoridad". Cuando conversamos sobre la eventual tésis, llegó a la conclusión de que le iban a salir varios tomos y se iba a demorar varios años, lo que la obligó a cambiar rápidamente el tema elegido. Algunos botones de muestra: El Código de Comercio, hasta hoy, exije que los comerciantes lleven un "libro copiador de cartas". Nadie lo lleva, pero si hubiera una controversia judicial entre 2 comerciantes y uno de ellos llevara el famoso libro, su contraparte perdería seguramente el juicio. La falta de una ley de divorcio hizo que los chilenos malavenidos en su matrimonio incurrieran en el delito de perjurio e incitación al perjurio de los testigos para demostrar judicialmente que no vivían donde vivían a la fecha del matrimonio. No se salva ni el Presidente Lagos ni este columnista. En Estados Unidos (supongo que como herencia delpuritanismo de los inmigrantes del Mayflower) el delito más grave es el perjurio. El Ex Presidente Clinton estuvo a punto de ser defenestrado no por la "fellatio de Mónica" sino por haber prestado falso tesyimonio bajo juramento. El Ex Presidente Nixon tuvo menos suerte en el caso Watergate y fue destituído. No conozco ningún caso de procesamiento por perjurio en Chile por este tipo de situaciones. A raíz de la remodelación de la Alameda existen ya varios muertos por cruzar en el medio de la calzada, lo que está prohibido por la legislación del tránsito. Una alta autoridad nacional incurrió en la misma falta y nadie le dijo nada. En Iquique, sin ir más lejos, está prohibido estacionar (y está debidamente señalizado) prácticamente en todo el centro. Cualquiera que recorra el centro de la ciudad podrá cerciorarse si esta disposición se cumple o no. Esta situación motivó la presentación de 2 recursos de ilegalidad Roles 39682 y 39796, ambos del año 2003) interpuestos por la firma "Concesionaria Plaza Prat Iquique S.A." en contra la I. Municipalidad de Iquique, patrocinados por el abogado Fernando Manterola Salas, los que no se han fallado hasta la fecha. El Art. 173° letra e) de la LOC de Municipalidades establece como uno de los requisitos para ser elegido Concejal: "... no estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la ley..." A su vez el Art.74° del mismo cuerpo legal establece: "...no podrán ser candidatos a concejales quienes tengan litigios pendientes con la Municipalidad...". El Servicio Electoral exige a los postulantes a Concejales una declaración jurada en orden a no estar afecto a las inhabilidades legales, como requisito previo a la postulación. El Art. 210 del Código Penal tipifica y sanciona como delito el perjurio ante la autoridad o sus agentes em materia no contenciosa. El abogado Manterola renunció al patrocinio y al poder recién con fecha 2 de Diciembre de 2004, días antes de asumir como Concejal por la I. Municipalidad de Iquique, cargo que ejerce hasta la fecha. En doctrina jurídica (no en nuestro derecho positivo) existe una forma de DEROGACI??N TÁCITA, llamada el DECAIMIENTO DE LA NORMA. Ello sucede cuando una norma, en la práctica, deja de cumplirse por la generalidad de las personas y la autoridad encargada de aplicarla o hacerla cumplir, deja de hacerlo. Del decaimiento de la norma al decaimiento del Estado de Derecho sólo hay un paso. Mi profesor de Educación Cívica en el glorioso INBA, donde cursé las "humanidades" (¡oh, que anciano me siento!)don Andrés Javier García Huidobro Guzmán de la Huerta (alias "fosforito") me enseñó que la Ley es la declaración de la voluntad soberana de la nación que, manifestada en la forma prevista por la Constitución, MANDA, PROHIBE O PERMITE. Desde esa fecha internalicé que la Ley debe cumplirse por TODOS y que es obligación de la autoridad CUMPLIRLA Y HACERLA CUMPLIR. Es altamente peligroso que la sociedad y la autoridad se atribuyan facultades discrecionales para discernir cuales normas, a su juicio exclusivo, deben cumplirse o hacerse cumplir y cuales no. Es urgente e importante que el Parlamento disponga de personal técnico institucional(al margen de los partidos políticos y los parlamentarios individualmente considerados) a fin de prever y corregir los múltiples errores de técnica legislativa (darían tema para otra memoria de título) y actualizar las normas obsoletas objeto del DECAIMIENTO a que nos hemos referido. CICERONE :jawdrop:
28/01/2005 a las 8:23
augusto cortes
dijo : Cicerone: Tu propuesta no da para una simple memoria de título. Da para (Varios)DOCTORADOS, socio. Vamos ya a ¿celebrar? la Ley N° 20.000 ¿cuántas de ellas tienen disposiciones absurdas o que han caído en el desuso hace años? Sin ir más lejos uno de estos casos -una ley de la 'república socialista' de 1932- dio origen a los célebres 'resquicios legales' (una que facultaba al ejecutivo para requisar la propiedad mal explotada, si mal no recuerdo, lo que se presta para cualquier interpretación)
28/01/2005 a las 16:40
Ivan Alberto Seisdedos CICERONE
dijo : Las ex-colonias de España se acostumbraron a solucionarlo todo con leyes escritas, las que generalmente se dictan con mucho retraso y van por detrás de los acontecinmientos. Por otra parte, la inercia las hace permanecer en el tiempo aunque se tornen obsoletas. El sistema anglosajón le da mucho más autonomía a los jueces los que si bien se rigen por los "precedents", en cada sentencia van reconociendo e incorporando el consenso social de la época. En todo caso, culturalmente, no estamos preparados para cambiar de sistema, pues incluso las normas escritas se prestan para todo tipo de interpretaciones. ¿Se imaginan si no existieran? CICERONE
31/01/2005 a las 17:42
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