Cuando un Superintendente se preocupa más, se nota.
Salud, compañeros de un mismo ideal. ![]()
Por su parte, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) decidió, por unanimidad, incorporar esta prohibición en los códigos internos de conducta de las entidades respectivas. http://www.camara.cl/diario/noticia.asp?vid=15060
Un dato para la SBIF: En el 8° Juzgado Civil de Santiago se lleva un juicio (Rol 6561/1999) caratulado BANCO EDWARDS CON REPRESENTACIONES TÉCNICAS E INDUSTRIALES LTDA.
En dicho juicio se encuentra embargado un predio de 30 Hectáreas, ubicado en Pozo Almonte, que tiene un Avalúo Fiscal de $ 67.592.- El demandado gastó $ 300.000.- en un Perito Tasador, el que tasó la propiedad en la suma de $ 14.184.853.- y el Tribunal fijó, con fecha 12.01.2005, el mínimo para las posturas, en dicho valor.
El Banco, como todo acreedor, puede adjudicarse el bien con cargo a su crédito (muy superior a los $ 14.184.853.-), pero pese a ello, solicitó, y lo que es más grave, obtuvo, que el Tribunal rebajara el mínimo al valor del avalúo fiscal,esto es, $ 67.592.-, menos que el costo de las publicaciones del remate, e inferior al 23% de lo que el demandado se gastó en honorarios del Perito Tasador.
¿Qué interés tiene el Banco Edwards (hoy Banco de Chile) en bajar el mínimo?
¿No habrá algún pariente (o amigo) del abogado del Banco interesado en adjudicarse la propiedad a un precio vil?
¿O el mismo abogado, por interpósita persona?
¿Controlan, los Bancos, los abusos de derecho, y otras tropelías, lindantes en lo delictual, que cometen sus abogados y apoderados en juicio, en nombre de sus mandantes?
¿Lo sabe la SBIF?
¿Que opina la Asociación de Bancos?
¿Qué opina Hernán Sommerville?
¿Qué opina el Colegio de Abogados?
¿No se habrán apresurado mucho, los Diputados, en retirar su moción?
Las instrucciones de la Súper ¿Tendrán efecto vinculante para los "familiares" o "amigos" de los funcionarios bancarios involucrados en este tipo de maniobras?
La ley sí que tiene efecto vinculante para TODOS.
El abuso de derecho, en Chile, ¿Está tipificado y sancionado como delito?
CICERONE
Post Data
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A lo principal: Se adjudican al ejecutante el inmueble y sus derechos de aguas en los 2 tercios de su tasación, con cargo a su crédito. Al primer otrosí: Extiéndase la escritura pública, con citación. Al segundo otrosí: Pídase cuando corresponda. Al tercer otrosí: No ha lugar. (fioa). | |||||||||







Alfredo Ariel:
La SBIF tiene mucha fallas, las que darían para varios "artículos en mi blog", pero, en cuanto a la emisión de facturas, el que corta al queque, y AUTORIZÓ a los Bancos y Financieras para no otorgar facturas (en realidad a considerar como facturas, a los documentos que emiten en su remplazo) es el propio SII.
El "abuso" que implican los cargos abitrarios por sobregiros no pactados, sí debiera regularlo (o por lo menos morigerarlo) la SBIF.
También los intereses usurarios y el ignorar que se trata de interés compuesto, permitiendo que se determine el interés máximo convencional mensual, simplemente dividiendo, el anual, por 12.
Hasta los estudiantes de enseñanza media saben que se trata de una progresión geomética, y no aritmética.
Si reclamas a SERNAC, te van a decir que carecen de competencia, pues el sector financiero tiene su propio organismo fiscalizador, la SBIF.
Te sugiero re-leer: "Sobre la Usura, el Anatocismo y otras Cuchufletas Varias" http://www.atinachile.cl/node/1113
CICERONE
En todo caso deben emitir un comprobante, con desglose del IVA, sea o no factura.
Si no lo emitieron, denúncialo a los Puestos Internos.
La sanción es un 500% del valor de la operación y "clausura".
¿Te imaginas una sucursal bancaria "clausurada".
CICERONE