Última Mirada: Entrevista al Dire de los Puestos Internos
Salud, compañeros(as) de un mismo ideal.
Anoche, en Chilevisión, el canal de Tatán, en el programa Última Mirada, Fernando Paulsen entrevistó a RICARDO ESCOBAR, Director Nacional de Impuestos Internos, a propósito del caso PUBLICAM y otros.
Según el Dire, hay 300 GRANDES EMPRESAS con facturas de empresas fantasmas, de las cuales el Servicio ya ja formalizado 70 denuncias al Ministerio Público.
El Director Nacional de Impuestos Internos tiene la facultad, exclusiva y excluyente, en orden a interpretar las normas tributarias, e impartir instrucciones para su aplicación.
Se explayó muy bien, explicando en lenguaje accesible a todo público, sobre los delitos tributarios en que habían incurrido la Asociación Ilícita de Mayerholz, Arancibia y Cía., en la venta de IVA, y las empresas que lo compraban.
En lo que no concuerdo es en su interpretación de que en el caso de facturas para rendir los gastos electorales, no había delito por parte de los candidatos, pues ellos no eran contribuyentes, y no hacían uso del CRÉDITO Fiscal contra el DÉBITO Fiscal, motivación básica de los que compran facturas chuecas.
Dijo que se habían esmerado en buscar, sin encontrarla, una figura penal en el cual encasillarla.
El Ministerio Público carece de atribuciones para investigar delitos tributarios sin previa querella del Director Nacional del Servicio.
Su interpretación me recuerda aquella del Director de la época, de triste memoria, de apellido Toro, que interpretó quie los sobresueldos tributaban como fuera su cariño.
Quiero AYUDAR al Dire de los Puestos Internos, pues yo SÍ ENCONTRÉ la figura penal que tipifica y sanciona el ilícito.
Está en el Art.97-4 del Código Tributario, y la transcribo: "El que, simulando una operación tributaria o mediante cualquiera otra maniobra fraudulenta, obtuviere devoluciones de impuesto que no le correspondan, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado medio y con multa del cien por ciento al cuatrocientos por ciento de lo defraudado. Si, como medio para cometer los delitos previstos en los incisos anteriores, se hubiere hecho uso malicioso de facturas u otros documentos falsos, fraudulentos o adulterados, se aplicará la pena mayor asignada al delito más grave."
Al rendir los gastos sujetos a devolución, el SERVEL no sólo devuelve el neto del presunto gasto, sino, además el IVA RECARGADO EN LA FACTURA.
Si yo me consigo una factura por $ 20.000.000 más IVA ($ 3.800.000.-) y pago $ 500.000.- por la factura falsa, el SERVEL me devuelve los $ 23.800.000.- COMPLETOS, incluyendo el IVA.
Es posible que, de parte del candidato no haya habido dolo, pero eso lo deben determinar los Tribunales.
Para que operen los Tribunales, es previo que el Ministerio Público investigue y formule cargos.
El Ministerio Público no puede investigar ni formular cargos por delitos tributarios, sin previa querella del Sr. RICARDO ESCOBAR.
Como supongo que eso de que "estaban buscando la figura penal" para encasillar la actuación de los parlamentarios era de verdad, he querido hacerle presente la disposición legal, pues parece que se les pasó de largo en la revisión.
Unos en la idea, muchos(as) en la accuón.
CICERONE






