Presentación
Con este artículo comenzamos una serie de ediciones relacionadas con las próximas elecciones de Diciembre. Nos motiva convocar a los chilenos y chilenas a que acudan masivamente a ejercer su derecho ciudadano, a conciencia y con convicción pero por sobre todo, estando bien informados.
Cuando votamos por un Candidato a Diputado o a Senador, ¿sabemos bien por qué estamos votando? ¿esta persona tendrá la facultad de resolver nuestros problemas locales, comunales, regionales? En los siguientes párrafos pretendemos resolver estas dudas.
La Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados tiene como objetivo legislar en conjunto con el Senado y el Presidente de la República. Está integrada por 120 miembros elegidos en votación directa por los distritos electorales que establece la ley orgánica constitucional respectiva. Duran en sus cargos cuatro años, pudiendo ser reelegidos.
Para ser elegido Diputado, se requiere:
· Ser ciudadano con derecho a sufragio.
· Tener 21 años de edad.
· Haber cursado la Educación Media completa.
· Residir en la región a que pertenece el distrito al menos por dos años.
Sus atribuciones exclusivas son:
· Fiscalizar los actos del Gobierno, por medio de acuerdos u observaciones que en ningún caso afectan la responsabilidad política de los Ministros de Estado.
· Ejercer control sobre autoridades públicas. La Cámara está facultada para acusar políticamente al Presidente de la República con el voto de la mayoría de los Diputados en ejercicio y sólo con la mayoría de los Diputados presentes a los Ministros de Estado, a los Ministros de tribunales superiores de justicia, a los Generales y Almirantes y a los Intendentes y Gobernadores.
Sobre las Sesiones y Comisiones
La Cámara sólo puede entrar en sesión y adoptar acuerdos con la concurrencia de la tercera parte de sus miembros en ejercicio. Se llama Sesión a cada reunión que celebre la Cámara o alguna de sus Comisiones. Si a la hora que fija el reglamento no hay quórum en la Sala, no podrá haber sesión y en tal caso los Diputados ausentes son sancionados con una multa.
Una comisión es la instancia en que un grupo de diputados estudia en detalle los diversos proyectos de ley sometidos a su conocimiento. Una vez concluido este estudio, se designa a un miembro de ésta (Diputado informante) para sostener el informe de la Comisión ante la Sala de Sesiones, en donde se discute y se vota. Las Comisiones de la Cámara de Diputados están compuestas por trece miembros y las del Senado por cinco, designados proporcionalmente, de acuerdo con la representación de cada partido político en las respectivas Corporaciones. Se han constituido según áreas específicas, las cuales mantienen cercana relación y similitud con los ministerios en que está organizado el Poder Ejecutivo.
El Senado

Los Senadores electos por el pueblo ejercen sus cargos por un período de 8 años. Sin embargo, el Senado se renueva en parcialidades cada cuatro años, correspondiéndoles en una ocasión a los Senadores de las regiones impares y luego a los Senadores de las regiones pares.
En la actualidad el Senado está compuesto por:
· 38 Senadores elegidos democráticamente. Estos corresponden a 2 por cada una de las 19 circunscripciones en que se divide el país.
· 9 Senadores designados nombrados por diferentes órganos estatales.
· 2 Senadores por derecho propio.
Por el Presidentes de la República: un ex Ministro de Estado y un ex Rector de Universidad.
Por la Corte Suprema: dos ex Ministros de este Tribunal y un ex Contralor General de la República.
Por la mayoría del Consejo de Seguridad Nacional tres ex Comandantes de cada una de las Fuerzas Armadas y un ex General Director de Carabineros.
Con las reformas hechas en 2005 a la Constitución, a partir del 11 de marzo de 2006 el Senado estará formado sólo por los 38 senadores elegidos popularmente.
Para ser elegido Senador, se requiere:
Los requerimientos para ser elegido Senador por medio del sufragio universal son:
· Ser ciudadano con derecho a sufragio
· Tener 35 años de edad
· Haber cursado la Educación Media completa
Labor y atribuciones exclusivas:
La principal función del Senado es la de concurrir, en unión con la Cámara de Diputados, a la formación de las leyes y a la aprobación de los tratados internacionales. Además, algunas de sus atribuciones exclusivas son:
· Conocer de las acusaciones constitucionales entabladas por la cámara de Diputados
· Declarar si hay o no lugar a la formación de causa contra los Ministros de Estado para hacer efectiva su responsabilidad civil
· Conocer de las contiendas de competencia entre autoridades políticas o administrativas y los Tribunales de Justicia
· Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía
· Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República según la Constitución y las leyes.
· Declarar la inhabilidad del Presidente de la República.
· Autorizar al Presidente para ausentarse por más de 30 días.
· Aprobar por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la declaración del Tribunal Constitucional
También el Senado participa en el Consejo de Seguridad Nacional, elige a abogados que integran el Tribunal Constitucional y presta acuerdo al nombramiento del Contralor General de la República.
El Senado no fiscaliza los actos del Gobierno
El Senado, sus comisiones y demás órganos, no podrán fiscalizar los actos del gobierno ni de las entidades que de él dependan, ni adoptar acuerdos que impliquen fiscalización.
Links:
-
Cámara de Diputados de Chile
-
Reglamento de la Cámara de Diputados (PDF)
-
Senado de la República de Chile
-
Reglamento del Senado
-
Biblioteca del Congreso Nacional
Por que los candidatos prometen